jueves, 6 de agosto de 2009

LOS JINETES APOCALIPTICOS DEL NEOLIBERALISMO EN MEXICO

+ INCONCIENCIA SOCIAL

+ INEPTITUD

+ CORRUPCION


Por: Raymundo Royo


Desde sus comienzos en los inicios de la década de los años ochenta, el neoliberalismo ha sido un modelo económico que los gobiernos priístas de aquel tiempo y los panistas de los últimos años se han obstinado en mantener hasta nuestros días.

El modelo económico neoliberal ha tenido como resultado que prácticamente más del noventa por ciento de la población vivan en condiciones regulares y de pobreza en comparación a estándares internacionales, y una tercera parte de ese grupo vive en condiciones de extrema pobreza; por otro lado, un grupo muy reducido, que no alcanza el cinco por ciento de la población vive en condiciones de riqueza y de extrema riqueza, muy por encima del promedio nacional.

El sistema económico neoliberal, por un lado ha producido unas cuantas personas de las más multimillonarias del mundo, pero, también ha producido millones de personas viviendo en condiciones de pobreza y de extrema pobreza.

En la teoría el sistema neoliberal se supone que debía estar generando un crecimiento económico importante para el país, y también un beneficio en el poder adquisitivo de la población; sin embargo, en la práctica existen condiciones que han provocado fallas en su aplicación, que si bien han sido para bien de unos cuantos, lo cierto es que han dañado la economía de millones de mexicanos.

Esas fallas, indudablemente que se han convertido en los jinetes apocalípticos del sistema neoliberal, los cuales son principalmente la inconciencia social, la ineptitud y la corrupción.

En el esquema teórico del sistema neoliberal, el desarrollo económico del país se supone que es estimulado por las inversiones de capital en sectores industriales, comerciales y de servicios, basado en las grandes corporaciones también denominadas como Triple A, que se supone a su vez estimulan el mercado económico interno del país; ante ello, se supone que el gobierno ejerce principalmente las funciones de administrador y recaudador.

Sin embargo, la teoría del neoliberalismo no considera el factor ideológico del empresario promedio (sobretodo de las Triple A), que su principal objetivo no es el beneficio económico de la sociedad, sino la obtención de mayores rendimientos derivados de la inversión; por lo tanto, la falta de conciencia social tanto en las grandes inversiones privadas como en los propios gobernantes, genera bajos ingresos para el mercado económico interno que a su vez se refleja en una disminución paulatina del poder adquisitivo de la población.

Con el pretexto de lograr una mejor y más moderna administración, el sector gobierno ha ido creciendo a modo que un sector de los trabajadores públicos que ocupan puestos medios y menores, tienen ingresos bajos, mientras que por otro lado se han ido creando plazas de trabajo para funcionarios muy bien pagados que en su gran mayoría ocupan cargos por amiguismo sin tener la capacidad o la experiencia para cumplir con el encargo que se les ha asignado, haciendo gala con ello de una gran ineptitud para las tareas de gobierno, lo que en muchos de los casos se traduce en enormes gastos sin cuidado y sin beneficio alguno para la población.

Finalmente, uno de los principales jinetes apocalípticos es la corrupción, que por décadas se ha convertido en un problema que incluso en muchos de los casos ha evolucionado al grado de convertirse tristemente en una parte de la cultura mexicana.

Existen principalmente dos tipos de corrupción, una es la que deriva en un beneficio directo para el servidor público como por ejemplo el pago de una dádiva a cambio de obtener algún beneficio; sin embargo, éste tipo de corrupción no implica un daño directo a la sociedad, toda vez que representa un acto llevado a cabo entre un integrante del sector privado con uno del sector público. El daño real al país, proviene principalmente de gobernantes que carecen del más mínimo respeto a los valores nacionales, y con ello ven al erario público como una jugosa fuente de vida para sus pobres existencias y para beneficio también de quienes desde el sector privado los favorecen con el beneficio obtenido como es el caso de contratos, subrogaciones, concesiones y otras más.

No obstante que los sistemas neoliberales del mundo han demostrado que no pueden generar el desarrollo prometido para la población de las naciones que los aplican, lo cierto es que han resultado muy efectivos para lograr el amplio beneficio económico de unos cuantos alrededor del mundo; y no obstante que los jinetes apocalípticos del neoliberalismo se encuentran cabalgando, lo cierto es que a nivel mundial se ha creado una estructura de organismos y elementos que sirven a los intereses de los grandes capitales del mundo y se encargan de controlar la permanencia de éste tipo de sistema económico con el apoyo de diversos gobiernos del mundo.

Esos organismos son por ejemplo el Fondo Monetario Internacional o el Banco Mundial de Desarrollo que imponen medidas financieras y fiscales tendientes a beneficiar a las empresas Triple A, delimitar la función gubernamental y hacer que el resto de la población sea la que pague las contribuciones necesarias para el mantenimiento del presupuesto público. Los elementos de apoyo, son por ejemplo los convenios de libre comercio o de coordinación fiscal entre determinadas naciones.

En algunos de los países del mundo, la población ha buscado como opción a los sistemas socialistas contemporáneos, en los cuales participa activamente el capital privado en el desarrollo de los mercados, pero, también interviene el gobierno como un regulador de las actividades económicas; en algunos países en que se han aplicado éste tipo de sistemas, se ha observado un crecimiento económico de siete a ocho veces mayor al obtenido por México.

¿Es acaso un sistema social contemporáneo la solución ante el Apocalipsis del neoliberalismo?, quizás sí, pero, en los casos en que se presenta como una evolución natural; sin embargo, para ello se requiere de una concientización de la realidad por parte de la población que le lleve a arriesgarse por una mejoría. Sin embargo, en México eso es todavía muy difícil, ya que en general la población vive sumergida en una desesperanza por la gran cantidad de mentiras y corrupciones que se han visto por parte de diversos gobernantes; por ello, no es casualidad que en las elecciones federales de julio un gran sector de la población votante haya elegido el regreso de gobernantes priístas, muchos de ellos elegidos bajo la triste frase de “más vale malo conocido que bueno por conocer”.

miércoles, 10 de junio de 2009

CUIDADO CON EL VOTO MALIGNO

Por: Raymundo Royo


Desde hace unos días algunos grupos de personas diversas han estado fomentando la idea de efectuar un voto de “castigo” en los próximos comicios electorales del cinco de julio, a través de acudir a votar anulando o invalidando el voto.

El principal argumento que se ha esgrimido por muchas de esas personas para llevar a cabo la acción de anulación del voto, estriba en pretender que quienes sean señalados como ganadores de la elección ocupen un espacio de funciones públicas dentro de un marco de ilegitimidad, como para que se den cuenta del cansancio del electorado de un sistema político lleno de ineptitud y corrupción; sin embargo, al respecto surgen diversas interrogantes que no aclaran quienes promueven la anulación del voto, ya que si la presunción de ilegitimidad fuera una causa para que el gobernante hiciera un buen papel en sus funciones o más aún renunciara a su cargo, entonces podría empezarse por suponer que el país tendría que encontrarse en la actualidad en un adecuado estado de bienestar público o más aún sin el titular del poder ejecutivo, y a la fecha simplemente no ha ocurrido ni una ni otra cosa.

Los promotores de la anulación del voto, han pretendido que la gente piense que en la llamada democracia mexicana, la única oportunidad del electorado para ser escuchados es en la votación, y es precisamente ahí donde se encuentra una de las trampas que debe observarse con mucho cuidado.

Si se observa con un espíritu crítico la evolución de la historia electoral de México, se podrá mirar que una de las elecciones que se ha reconocido que hubo un alto grado de limpieza en el resultado, fue la correspondiente al año 2000, en la que quedó en ese tiempo como ganador de la elección presidencial el señor Vicente Fox; sin embargo, no debe olvidarse que en ese tiempo había existido una presión desde el exterior precisamente para que los comicios electorales fueran lo más limpios posibles y así se pudiera hablar de una mediana legitimidad en los gobernantes. Por lo tanto, era un imperativo de los grandes capitales que existiera una elección que “pareciera” lo más limpia posible, como así lo expresó alguna vez algún gobernante de triste recuerdo, a efecto de que al existir un ambiente de legitimidad se pudieran promover diversos avances en la tan traída “reforma estructural” que tanto mencionan los ideólogos del neoliberalismo. Ello nos hace darnos cuenta que el electorado no es “escuchado” en la elección, sino que se convierte en un instrumento de control para los intereses de diversos grupos de poder. Ante tal concepción, precisamente debe observarse con mucho cuidado la razón de que se promueva a través de diversos medios, e incluso erogando cantidades de dinero, una campaña de anulación del voto.

En esta tónica, debe empezar por preguntarse ¿a quién verdaderamente podría convenir la anulación del voto?... si la causa de la anulación del voto son los pésimos resultados por parte de los gobernantes, entonces de entrada quiere decir que la anulación del voto es contra quienes detentan actualmente el poder; sin embargo, tendría que preguntarse ¿qué ha sucedido, por ejemplo en el Congreso de la Unión, con quienes no detentan el poder mayoritario?, ¿cuál ha sido su postura ante las reformas propuestas o impulsadas por el ejecutivo en diversas materias, como por ejemplo la fiscal o la penal, respecto de los intereses de los integrantes de cada Distrito?... esto nos lleva a entender que no todos son los malos de la escena y siempre hay algunos que están trabajando por tratar de defender los intereses del electorado. Por lo tanto, si esos opositores del sistema incrementaran su presencia en el Congreso, entonces se convertirían en impulsores de cambios que no necesariamente coincidirían con quienes han detentado el poder a sus anchas en la actualidad; por lo tanto, sonaría lógico suponer que ante la posibilidad de que el electorado vea a esos políticos como una opción para lograr un verdadero cambio, entonces se intente enfocar el pensamiento de un importante sector medio de electores que normalmente tienen una tendencia a pensar más sobre el sentido de su voto hacia la acción de que anulen su voto. Para ello, debe recordarse que precisamente en la elección presidencial del año 2006, la campaña del partido blanquiazul se enfocó de manera muy importante hacia ese sector de nivel medio que define su voto poco tiempo antes de la fecha de votación con el objeto de darse la oportunidad de razonar qué les puede convenir más, y recordaremos que surgió una campaña de desprestigio hacia la persona del señor López Obrador que en los inicios de los tiempos de campaña era quien se perfilaba como la posible mejor opción para mucha gente de ese sector medio del electorado… y todos sabemos que esa campaña de desprestigio llevada a cabo a través de los medios electrónicos como principalmente televisión e Internet, fue logrando que un gran número de ese sector medio se formara la idea de que el entonces candidato de la coalición por el bien de todos era un “peligro para México”, a efecto de que la gente fuera a votar por alguien que no fuera esa persona, y es de conocimiento público que esa estrategia indudablemente le generó muchos votos a diversos partidos que se mostraban como la opción a elegir.

En la actualidad se tiene un gobierno con resultados poco deseables, que no ha logrado, aunque lo haya intentado, consolidarse en un ámbito de legitimidad llamando en diversas ocasiones a la unidad en torno de la figura presidencial, lo que indudablemente no se ha logrado y más aún han surgido diversas voces que han señalado no sólo las ineptitudes y corruptelas nacidas en lo que va del presente gobierno, sino también las que surgen desde el pasado y que salpican al actual; es por ello, que la inconformidad de esa parte del electorado con lo que representa el oficialismo actual, da como resultado el ánimo de ver un verdadero cambio que lleve al país hacia una verdadera estabilidad económica y social, y ese cambio fácilmente se pude traducir en un voto de castigo hacia lo que se tiene en la actualidad, de manera que los opositores ganen un mejor posicionamiento en el ámbito político. Es por eso, que resultaría lógico suponer que es mejor canalizar el voto del electorado hacia un “voto de protesta”, en lugar de que exista un voto legítimo que permita el apoyo para que un candidato opositor se logre consolidar.

Por otro lado, resulta una ingenuidad suponer que la anulación del voto se convertiría en un elemento para que tanto los funcionarios electos como los que continúan en funciones cambien sólo porque se les pretende imponer un “castigo”; un ejemplo de lo que se comenta, sería el imaginar a un león, que por ser “agresivo” se le pretende “castigar” con dejarlo sin comer por dos semanas, ¿realmente cree que el león cambiaría su actitud?, seguramente no sería así y más aún, se volvería más agresivo, porque simplemente el león estaría obedeciendo a su propia naturaleza. Lo mismo sucede en México, el cambio en los gobernantes no se puede dar con un simple “castigo” en la elección, sino que se trata de un problema de nivel más profundo, es una cuestión de ética, de mentalidad, de cultura, de formación personal tendiente a sentir la importancia del servicio público con una justa medianía en el ingreso personal.

Indudablemente que si la anulación del voto se hace por convicción personal y no como el resultado de una campaña guiada por intereses obscuros, ello puede ser una opción; sin embargo, también debe considerarse que el voto debidamente razonado es una opción legítima, y si se pretende ejercer un verdadero impacto en los gobernantes, que les lleve a ejercer sus funciones a favor de la ciudadanía, entonces es necesario entender la importancia de que el pueblo aprenda a conducirse en un ámbito diario de legalidad, justicia y honestidad personal, fomentando valores de respeto y paz tanto entre la comunidad vecinal como incluso en el entorno familiar, sobretodo a organizarse para estar observando que las tareas de gobierno se lleven a cabo de manera adecuada, y si la propuesta de una reforma legislativa se considera inadecuada, entonces acercarse con el diputado en funciones y presionarle para que explique los extremos de dicha reforma, cuál sería y porqué el sentido de su voto, y que escuche la opinión del electorado… con eso, pueden empezar a generarse los verdaderos cambios y un mayor respeto de las autoridades por la opinión ciudadana; por ello, debe considerarse que la desorganización y la disipación mental del pueblo respecto de los asuntos cotidianos de la sociedad, sólo generarán que las cosas sigan igual o peor de cómo están.

Saludos.

martes, 7 de abril de 2009

¿PRESUNCION DE INOCENCIA O INQUISICION FISCAL?

Por: Raymundo Royo


Como es bastante conocido, el 18 de diciembre del año 1980, el Senado de la República aprobó el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, cuyo depositario es la Organización de las Naciones Unidas con sede en Nueva York, EUA, según decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 9 de enero de 1981, y entró en vigor en México el día 23 de junio de 1981, habiéndose publicado el Pacto Internacional el día 20 de mayo de 1981 en el Diario Oficial de la Federación. En dicho Pacto Internacional, específicamente en el apartado 2 del artículo 14, se establece una cláusula a través de la cual los Estados firmantes aceptan la presunción de inocencia en la aplicación del Derecho como un principio fundamental.

Hablar de “presunción de inocencia” implica que todo individuo, -sin distinción-, es inocente de lo que se le acusa o imputa a menos que se le pruebe lo contrario.

Por consiguiente, para que a un individuo se le pueda determinar como “culpable” de un hecho ilícito o ilegal, en virtud de la garantía Constitucional de que todo acto autoritario debe estar debidamente fundado y motivado, quien lo acuse debe probar en principio que existe un hecho que puede ser contrario a Ley, que la comisión de ese hecho implica una ilicitud o una ilegalidad, y después probar que el señalado como culpable se relaciona con los hechos señalados; además, en cumplimiento de una garantía fundamental de audiencia, tales situaciones implican que quien sea señalado como culpable en todo caso tenga la posibilidad de defender no su inocencia, sino su no culpabilidad.

Como es históricamente conocido, al consumarse la conquista española, a comienzos del año 1571, se dispusieron a lo largo de lo que hoy es conocido como el Continente Americano, todas las leyes e instituciones que en ese tiempo estaban vigentes en España, entre las cuales se encontraba el denominado “Santo Tribunal de la Fe”. Ante ello, llega a la entonces denominada Nueva España el señor Pedro Moya de Contreras en su calidad de Inquisidor Mayor, y fue entonces que todos los habitantes de la ciudad de México que tuvieran doce años en adelante fueron convocados a la Iglesia Mayor, con el objeto de oír misa, sermón y prestar el Juramento de la Fe bajo la “amenaza” de la excomunión en caso de no asistir. En ese lugar, el secretario Pedro de los Ríos leyó las provisiones y mandatos que en ese tiempo había mandado el rey Felipe II de España, para que el Santo Oficio recibiera "el auxilio y favor del brazo real”, y fue así que en ese momento se legitimaba el establecimiento de la institución inquisidora y luego se tomó “juramento al pueblo” a efecto de que se denunciase a los que se consideraran “herejes” y se prestara apoyo incondicional al denominado Santo Oficio. Para ello, en ese tiempo se dio un plazo de seis días para que toda persona que se hallara con cargos de herejía hiciera sus confesiones y manifestara contrición y arrepentimiento para salvarse de la sanción que se le podía imponer, dependiendo de la severidad de los cargos, tales como cárcel, pena de muerte o confiscación de bienes. Sin embargo, en ese tiempo y como era de esperarse, la institución del Santo Oficio despertó una oleada de pánico entre la población, y se dieron diversas denuncias que llevaron al gobierno de ese entonces a simplificar sus procedimientos de tal manera que no era necesaria una denuncia formal para que alguien fuera procesado por el Santo Oficio, sino que cualquier rumor o carta anónima era suficiente para que se iniciase el juicio. Tales juicios se llevaban al cabo en sitios públicos con un trato de verdadera crueldad para los acusados, y el Tribunal del Santo Oficio nunca anunciaba ni ejecutaba sentencias, sino que entregaba a los reos a la autoridad secular para que actuara en consecuencia, y oficialmente el Tribunal del Santo Oficio fue completamente extinguido en 1820.

Como puede verse, la inquisición en México duró como una institución oficial por poco más de dos siglos; en la actualidad, a poco menos de doscientos años de haberse extinguido oficialmente las instituciones de la inquisición en México, pareciera que los legados ideológicos de las prácticas de aquella época se encuentran vivos en las acciones de muchas de nuestras instituciones de la actualidad, ya que muchas de las autoridades se empeñan en tratar a los ciudadanos como si fueran culpables, a menos que demuestren lo contrario de ello, tal como sucede en la materia fiscal en que pareciera que la autoridad se obstina en ver a los contribuyentes como unos evasores o defraudadores en potencia que deben demostrar su “inocencia” a través de probar que dieron correcto cumplimiento a su verdadera obligación Constitucional que es la de contribuir a los gastos públicos, utilizando para ello obligaciones que no están consideradas en los preceptos de nuestra Carta Magna como la expedición de “comprobantes autorizados”, declaraciones informativas y otros controles más.

En la época oficial de la inquisición en México, no bastaba que las personas llevaran una adecuada vida en comunión con los preceptos del cristianismo (¿cumplimiento de la obligación Constitucional de contribuir para los gastos públicos?), sino que conforme a lo dictado por la institución del denominado “Santo Oficio” (¿SAT?) era necesario que las personas acudieran semanalmente a misa, se confesaran, cumplieran con acudir al catecismo, se bautizaran, hicieran su primera comunión, su confirmación y otras prácticas más (¿comprobantes autorizados, declaraciones informativas de sueldos y salarios, donativos, impuesto empresarial a tasa única, operaciones con terceros, y otras más?), con el objeto de “demostrar” que eran verdaderos “cristianos cumplidos” (¿contribuyentes cumplidos?), ya que de lo contrario podrían ser señalados como herejes (¿evasores o defraudadores fiscales?), y eso les pondría ante el juicio del Tribunal de la Santa Inquisición (¿requerimientos y liquidaciones fiscales?), que tendrían como consecuencia el hacerse acreedores a terribles sanciones como largas y dolorosas penitencias o excomunión incluso con menoscabo de sus bienes terrenales (¿embargo de bienes y cuentas bancarias, intervención, remate de bienes, detención, prisión y hasta la pérdida de la dignidad pública?).

En la época actual, que presuntamente ha dejado atrás la práctica de la ideología inquisitoria, la firma de un Tratado Internacional que eleva a principio Constitucional la presunción de inocencia, implica que las actuaciones de la autoridad no sólo comprueben la existencia de una culpabilidad del gobernado (por ejemplo la no presentación de una declaración de impuestos que es descubierta por la autoridad), sino que ubiquen el grado de culpabilidad (¿cuál fue la causa por la cual el individuo no presentó su declaración, falta de conocimiento, falta de liquidez, etc.?), y en base a ello, si se determina que el incumplimiento no fue realmente voluntario, entonces reconocer tal situación otorgándole al gobernado la oportunidad de dar cabal cumplimiento a la obligación de contribuir correctamente a los gastos públicos (tarea de prevención). Si después de reconocer la inocencia del gobernado ante el incumplimiento de una obligación, otorgándole para ello un plazo justo que le brinde la oportunidad de tomar alguna acción de cumplimiento y no lo hace, entonces es cuando se puede presumir con base real que el individuo tiene una verdadera intención de no cumplir y por lo tanto no puede presumirse su inocencia, entonces es cuando pueden hacerse efectivas las sanciones previstas en el ámbito legal.

Como puede observarse, el principio de presunción de inocencia no puede ser interpretado sólo como la espera del cumplimiento espontaneo por parte del gobernado, sino que implica que la autoridad se quite de encima el espíritu inquisidor o acusador, y tome el papel de preventiva, y eso en la materia fiscal se traduce primero en hacer más accesible el cumplimiento fiscal de los contribuyentes con menos carga administrativa para el cabal cumplimiento y con una verdadera reforma que permita el cumplimiento de la totalidad de contribuciones establecidas en las leyes fiscales dentro de un marco de proporcionalidad y equidad, que reconozca en conjunto el poder adquisitivo de la población y tome en cuenta para ello a la totalidad de los entes económicos; luego, al realizar las tareas de fiscalización, si la autoridad encuentra que el contribuyente no cumplió con una obligación establecida en leyes, entonces brindarle la oportunidad de corregir su situación en virtud del principio de presunción de inocencia, y no aplicar el terriblemente juego perverso del “gato y el ratón”, en el cual si el contribuyente cumple de manera espontanea no pasa nada, pero, si la autoridad lo descubre antes de que vaya a hacer algo, entonces lo tiene atrapado y será afecto a sanciones que sólo producen el menoscabo del patrimonio y en algunos casos la pérdida de honorabilidad del sujeto que tuvo el infortunio de ser encontrado por el gato antes de que pudiera salvarse (realmente ese es un juego perverso que toma mayor observancia en una época que se supone muy moderna y avanzada respecto a los hechos históricos deplorables).

¿Qué es tan difícil para el gobierno tratar de evolucionar un poco más por el bien de todos, por el bien de México?. Esperemos que no.

Saludos.

jueves, 26 de marzo de 2009

SOBERANIA Y SEGURIDAD

Por: Raymundo Royo

Una de las principales medidas adoptadas desde el inicio del gobierno que encabeza el señor Felipe Calderón fue el denominado “combate a la delincuencia”, que principalmente se ha centrado en un ataque a todo lo que representa o está vinculado con la actividad del narcotráfico que se relaciona con lo que jurídicamente se conoce como “delincuencia organizada”.

En lo que va del gobierno del señor Calderón, el resultado de esas acciones de “combate a la delincuencia” ha sido la muerte de casi diez mil personas entre presuntos delincuentes, policías, militares y demás personas inocentes de toda esa actividad, y ante lo grotesco y triste de ese resultado, la delincuencia organizada sigue operando en territorio nacional y pareciera seguir posesionándose cada vez más a lo largo del territorio nacional.

Luego, ante los resultados que se están teniendo, el gobierno de Estados Unidos ha pretendido que el crecimiento de la delincuencia en México es un asunto de seguridad nacional para ese país y con ese pretexto, y basados en acuerdos que ponen en estado de vulnerabilidad a la soberanía nacional, cada vez se están posesionando en territorio nacional con sus diferentes grupos policíacos y militares, y todo ante la mirada lejana del señor Calderón.

Ante todo ese panorama, vale la pena preguntarse cuál es el principal interés en combatir a la denominada “delincuencia organizada”, máxime que pareciera que el combate por parte de gobierno se centra en las actividades de narcotráfico relacionado con la ilegal exportación de ese tipo de productos principalmente al vecino país del Norte.

Al respecto, vale la pena recordar que el mercado norteamericano de consumo de drogas es el más grande del mundo; es decir, existe una altísima demanda de ese tipo de sustancias derivadas del narco, que van desde la planta conocida como mariguana hasta los derivados químicos de la cocaína. Ante la demanda tan atractiva de ese enorme mercado, se sabe que han surgido “empresas” encargadas de producir y comercializar tales productos, las cuales se tiene conocimiento de que se encuentran principalmente en países como México y algunos de Sudamérica como es el caso de Colombia, esto en virtud de que en esas latitudes es posible que se obtengan las materias primas para tales producciones.

El mercado mexicano de consumo de drogas, afortunadamente se sabe que se encuentra en niveles mucho menores que los existentes en Estados Unidos, y también se sabe que debido al bajo poder adquisitivo la demanda de éste tipo de productos se centra en algunos que no alcanzan a ser tan dañinos en comparación con diversas drogas sintéticas.

Por otro lado, según datos muy conservadores de diversos analistas, los ingresos percibidos por los cárteles mexicanos por venta de drogas a Estados Unidos se dice que alcanzan poco más de 30 mil millones de dólares anuales; ese dinero llega a territorio mexicano de manera clandestina y resulta lógico suponer que una importante parte se va diluyendo a través de diversos pagos efectuados por éstos grupos por concepto de sueldos, compra de materias primas, dádivas, protección, etcétera. Para ello, se tiene la idea de que deben existir diversos grupos empresariales encargados de hacer un “lavado” de ese dinero. Desde un punto de vista totalmente frío, podría decirse que la economía interna se ve favorecida con la derrama de recursos que puede representar ese nivel de ingresos, ya que es de suponer que una gran parte de ese dinero no sale de territorio nacional, y por ende representa gastos efectuados dentro del mercado interno. Por otro lado, para Estados Unidos representa una salida de dinero que indudablemente afecta las finanzas internas de esa nación, y en una época de crisis como la que vive actualmente ese país, es de suponer que no les agrade nada que esos montos tan altos se escapen del territorio norteamericano en tales condiciones.

Ante todo ello, resulta fácil suponer que las actividades de combate a la actividad del narcotráfico en México sirvan de beneficio principalmente para Estados Unidos; sin embargo, para que verdaderamente pueda tenerse una efectividad sería de suponer que el vecino país del Norte estaría instrumentando medidas de combate al consumo de estupefacientes, y precisamente eso no se ha observado claramente… ¿entonces si ese país no parece tener grandes medidas de combate al consumo de drogas entre su población, por qué parece que están tan interesados en fomentar las actividades de “combate a la delincuencia” instrumentadas por el gobierno que encabeza el señor Calderón?, ya que por causa de la Ley de la oferta y la demanda, mientras exista una gran demanda de algún producto siempre existirá una gran oferta… eso puede llevar a suponer muchas cosas, pero, cualquiera de ellas implica el riesgo de un incremento a los niveles de inseguridad en territorio nacional y una pérdida cada vez mayor de la soberanía nacional.

Saludos.

viernes, 6 de marzo de 2009

GRAVE ERROR LA DESAPARICION DEL IMPUESTO A LA TENENCIA

Por: Raymundo Royo

De cara a la crisis económica que afecta a México, y en la antesala de las elecciones federales, legisladores con simple visión política de corto tramo han propuesto como una medida de “apoyo” a la población la abrogación del Impuesto a la Tenencia.

Indudablemente que en materia tributaria existe una carga fiscal que pesa muy fuerte sobre el sector medio de la población, y por ello la propuesta de desaparición de un impuesto que se supone fue creado para financiar las olimpiadas del año 1968 resulta muy bien recibida por un gran sector de la población, sobretodo de aquellos que cuentan con un vehículo; sin embargo, quienes proponen tal medida simplemente no conocen la historia tributaria del país o piensan que los gobiernos están integrados por lindas personitas que siempre mirarán por el bienestar de la población deseosa de ser gobernada por personas honestas y de intachable reputación. La realidad es más fuerte y más clara que esas electoreras propuestas.

Lo anterior puede entenderse mejor cuando se piensa en el hecho de que los gobiernos existen y se desarrollan a través de lo que se conoce como el presupuesto público; y de acuerdo a las tendencias de los gobiernos neoliberales, el presupuesto público debe estar financiado por los ingresos provenientes de las contribuciones de la población. Por lo tanto, si para ejercer ese presupuesto público se requiere de tener ingresos, y el impuesto sobre tenencia representa para esos gobiernos un ingreso, entonces resulta lógico para la historia de éste país suponer que al momento en que se desaparezca ese impuesto los gobiernos tratarán de continuar obteniendo los ingresos que por ese lado se les están quitando.

Al respecto, podríamos preguntarnos si no sería más adecuado que los gobiernos hicieran más eficiente el gasto público, tratando de aplicarlo más en la realización de obras necesarias para el bien común y menos en el rubro del denominado “gasto corriente” (que es el gasto que se ejerce a favor de los trabajadores del Estado como por ejemplo sueldos, prestaciones, etcétera). Sí, eso sería lo conveniente y deseable, pero, la historia nos enseña que al momento en que los gobiernos tengan menos ingresos, buscarán ejercer presión a efecto de que se haga la creación de un nuevo impuesto, lo que a la larga puede resultar realmente contraproducente ya que si actualmente el impuesto sobre tenencia sólo afecta a los poseedores de vehículos de transporte, un nuevo impuesto puede convertirse en una mayor carga tributaria para el grueso de la población, con el consiguiente pretexto para imponer mayores controles a una empobrecida y controlada población.

Si la desaparición del impuesto sobre tenencia estuviera condicionada a que no se creara un nuevo impuesto, y a que se estimulara a una utilización más justa y eficiente del gasto público por parte de los gobiernos, entonces eso sería algo deseable; y si ante tales condiciones, los gobiernos expresaran su necesidad de mayores ingresos, entonces sería el momento de encausar las condiciones del actual sistema fiscal a efecto de disminuir los grandes beneficios y estímulos fiscales de las grandes corporaciones y que ya empiecen a pagar impuestos tal como sucede en muchos otros países.

Ya es el momento de terminar con las medidas electoreras de corto plazo que a la larga se convierten en problemas de largo plazo para la población; los políticos que buscan proponer ese tipo de medidas sólo para alcanzar un lugar en el Congreso, ellos sí solucionan su problema personal, pero, se supone que las decisiones deben ser por el bien de la población, así que eso es lo menos que puede esperarse de ese tipo de medidas.

Saludos.

EL CUENTO DE SIEMPRE: FUGA DE INVERSIONISTAS

Por: Raymundo Royo

Recientemente, el Gobierno de Estados Unidos anunció la aplicación de diversas medidas tendientes a mejorar la situación económica que vive esa nación; dentro de esas medidas, se encuentra la estatización del Grupo Financiero CityBank.

En México, esa medida ha causado preocupación dentro del ámbito financiero ya que como es ampliamente conocido el grupo financiero Banamex actualmente forma parte del grupo CityBank, lo que técnicamente pone a Banamex (Banco Nacional de México) como una institución de banca múltiple bajo el control del gobierno de Estados Unidos.

Por su parte, el segundo párrafo del artículo 13 de la Ley de Instituciones de crédito establece en su parte respectiva lo siguiente:

“Artículo 13. (segundo párrafo) No podrán participar en forma alguna en el capital social de las instituciones de banca múltiple, personas morales extranjeras que ejerzan funciones de autoridad.”

Como puede observarse con toda claridad en el texto de la norma legal citada, de ninguna manera pueden participar en el capital social de las instituciones de banca múltiple las personas morales que ejerzan funciones de autoridad (gobiernos); si la institución que se encuentre en tal supuesto sigue operando, simplemente sus actos serán ilegales y no podrán tener consecuencias legales, independientemente de las responsabilidades administrativas y penales que pudieran existir en tal situación.

Legalmente, en tal situación como la que se viene comentando, lo que conforme al dispositivo legal que se viene citando tendría que hacerse, es que la Comisión Nacional Bancaria y de Valores revoque el registro de institución de banca múltiple, y con ello se proceda a la liquidación de dicha sociedad.

Indudablemente que tal situación resulta importante y muy trascendente para la vida financiera del país, pero, debe tomarse en cuenta que no se está ante una situación de “fraude” o algo semejante, sino que se está ante una situación de imposibilidad legal para que la institución bancaria pueda funcionar; por lo tanto, puede pensarse en una reestructuración legal de la institución que implique la creación de una nueva institución bancaria.

Al ver ese tipo de operaciones, no puede alejarse de la memoria que en los inicios del triste sexenio anterior, el grupo CityBank realizó la adquisición y control del grupo Banamex sin que ello fuera considerado por el Servicio de Administración Tributaria (quien tenía al frente al señor Gil, quien antes de ese cargo era director de una de las divisiones de ese grupo bancario) como una “venta”, y con ello se dio a conocer que se dejaron de pagar “legalmente” (se aprovecharon beneficios relacionados con la adquisición de acciones que cotizan en la bolsa de valores) alrededor de tres mil quinientos millones de pesos; en éste momento, ante las condiciones legales en que se encuentra ese grupo bancario, es posible que deba reestructurarse y ello podría implicar llevar a cabo operaciones de venta de las acciones del grupo, la pregunta es ¿si de esas operaciones de venta surgirá el pago de algún impuesto o encontrarán algún “beneficio” fiscal que les permita dejar de cubrir alguna tributación?... al menos, ya no se encuentra al frente del SAT el señor Gil.

Ante la situación que se viene expresando, funcionarios privados y públicos relacionados con éste asunto han informado que se encuentran haciendo un “estudio” a efecto de “interpretar” cuál es la situación legal de esa institución de banca múltiple con la adquisición de las acciones del grupo CityBank por parte del gobierno de Estados Unidos; al respecto, resulta CANSADO y realmente OCIOSO escuchar las típicas declaraciones de algunos de esos funcionarios que se han vertido en el sentido de expresar que el gobierno debe abstenerse de hacer alguna acción que perjudique la existencia de la institución bancaria alegando que eso daría “malas señales” a los “inversionistas”, y ya encaminados en sus declaraciones se han atrevido a exponer que eso sería algo muy malo para el futuro del país. Las preguntas ante tales arcaicas y desgastadas declaraciones, serían las siguientes: ¿A qué “inversionistas” se refieren?, ¿por qué considerarían esos “inversionistas” que la aplicación de la Ley puede ser una “mala señal”?... ¿No serían realmente “malas señales” tantos casos de corrupción, fobaproas y otros semejantes, y se supone que esos “inversionistas” han seguido invirtiendo en el país?.

Lo que se pretende resaltar en ésta nota por supuesto que no es sugerir la debacle de un importante grupo bancario como Banamex, sino que las soluciones que se brinden se apoyen en la Ley sin que tengan que negociarse en lo “obscurito” como tantas veces se han tomado decisiones que posteriormente se han convertido en verdaderas cargas y dificultades que al final repercuten en el futuro de la nación; por lo tanto, ya resulta totalmente asqueroso escuchar como pretexto el gastado argumento de que se puedan “ahuyentar” a efecto de conseguir soluciones que beneficien a unos cuantos a costa no sólo de muchos sino del propio sistema legal mexicano tan golpeado por tantas décadas.

Saludos.

sábado, 28 de febrero de 2009

FUNDAMENTOS DE LA PLANEACION FISCAL

Por: Raymundo Royo
Establece la fracción IV del artículo 31 Constitucional:

"ARTICULO 31. SON OBLIGACIONES DE LOS MEXICANOS:

IV. CONTRIBUIR PARA LOS GASTOS PUBLICOS, ASI DE LA FEDERACION, COMO DEL DISTRITO FEDERAL O DEL ESTADO Y MUNICIPIO EN QUE RESIDAN, DE LA MANERA PROPORCIONAL Y EQUITATIVA QUE DISPONGAN LAS LEYES. "

De la norma Constitucional trascrita se desprenden las siguientes garantías:

1.- Para el cumplimiento de toda contribución se aplicarán las disposiciones legales (Garantía de Aplicación de las leyes - Legalidad);

2.- Para el cumplimiento de toda contribución se atenderá a la capacidad contributiva de cada individuo (garantía de proporcionalidad); y,

3.- Se dará igual trato a los semejantes dentro del ámbito de la norma legal (garantía de equidad).

Cabe decir que de la norma Constitucional descrita se desprende otra garantía:

- Toda contribución deberá tener como finalidad el gasto público.

Como puede observarse, en materia tributaria todo gobernado tiene el derecho Constitucional de acceder a las garantías de Proporcionalidad y Equidad en un ámbito de Legalidad.

Por otro lado, la Planeación Fiscal implica las acciones u omisiones que dentro del ámbito de la legalidad y de manera proporcional y equitativa podrá aplicar el gobernado para cumplir con su obligación Constitucional de contribuir a los gastos públicos así de la Federación como del Distrito Federal o del Estado o Municipio donde se resida.

Como puede observarse, el concepto de Planeación Fiscal implica el correcto cumplimiento de la obligación Constitucional de contribuir a los gastos públicos.

Al efectuar un esquema de Planeación Fiscal, el gobernado puede acceder a todas las opciones que se encuentren establecidas en las disposiciones del Derecho Positivo, conforme al principio de derecho que establece que los individuos podrán hacer todo aquello que no está expresamente prohibido; y de conformidad a la norma Constitucional que se viene comentando, conviene considerar que para el correcto cumplimiento de la obligación Constitucional contributiva, toda acción u omisión que se lleve a cabo debe estar debidamente fundada en las disposiciones legales debidamente aprobadas por el Congreso de la Unión y promulgadas por el Ejecutivo.

En otras palabras, la Planeación Fiscal encuentra su fundamento básico en la aplicación de todas las disposiciones legales del Derecho Positivo que permitan al gobernado contribuir a los gastos públicos atendiendo a su capacidad contributiva (proporcionalidad) y a un trato de igualdad respecto de otros gobernados en similares situaciones jurídicas (equidad).

En su aplicación práctica, la Planeación Fiscal ha sido malentendida, ya que tanto diversos contribuyentes como diversas autoridades han sentido que la Planeación Fiscal implica el pago de un monto "menor" de contribuciones, lo que es un error como puede observarse, ya que la Planeación Fiscal implica simplemente el correcto cumplimiento del pago contributivo, lo que se traduce en no pagar ni menos ni más, sino simplemente lo justo en base a las disposiciones legales.

El mal entendimiento de la Planeación Fiscal ha llevado a que en diversos foros o artículos sobre el tema se establezcan sendos estudios sobre temas como "evasión", "elusión" o defraudación fiscal con el propósito de hacer entender que en la aplicación de la Planeación Fiscal no debe simularse, sino que toda acción u omisión debe estar basada en situaciones reales; lo anterior es correcto, pero, si se entiende el concepto que se ha venido vertiendo sobre la Planeación Fiscal podrá observarse que hemos hecho énfasis sobre la aplicación de las disposiciones legales en las estructuras de acción u omisión que sustenten las estrategias de Planeación Fiscal, por lo que no puede pretender sustentarse una estrategia legal sobre hechos inexistentes o inventados ya que ello simplemente se traduce en un delito de defraudación fiscal o sus equiparables y por consecuencia eso simplemente no será Planeación Fiscal.

Para efectuar una correcta Planeación Fiscal, el gobernado cuenta con diversas herramientas, tales como las propias disposiciones legales que deben observarse de una manera integral para la adopción de alguna correcta estrategia, artículos, libros y revistas de consulta sobre temas fiscales y jurídicos en general, principios de derecho, métodos de interpretación jurídica, estrategias de consulta a las autoridades y medios de defensa jurídica entre muchas otras herramientas necesarias.
(En éste pequeño espacio va un sincero agradecimiento a la memoria de un verdadero Maestro sobre la Planeación Fiscal, Don Carlos Orozco Felgueres, cuyos conceptos sobre éste tipo de temas siempre se quedarán como pequeños ecos en la mente de quienes desean recordarlos por siempre).
(Asímismo, es inevitable para el Autor de ésta pequeña nota un especial y público agradecimiento por las enseñanzas del Maestro Hermilo Dávila, que han servido para comprender la necesidad del siempre correcto cumplimiento de las disposiciones fiscales dentro del ámbito de las garantías Constitucionales contenidas en la fracción IV del artículo 31 de la Carta Magna).

miércoles, 25 de febrero de 2009

LA BUROCRACIA MONOPOLICA

Recientemente el señor Epigmenio (Don Epi) acudió a Teléfonos de México con el objeto de hacer un trámite de cambio de domicilio de su línea telefónica.

Al llegar, Don Epi se encontró con una empresa llena de carteles que hablan de la modernidad y del gran avance tecnológico de la empresa telefónica; también, Don Epi se pudo percatar de una ambientación que parece recordar muy someramente los escenarios propios de la "Guerra de las Galaxias"... en fin, él sólo quería hacer un pequeño trámite con motivo de su cambio de domicilio, así que le preguntó a un policía de seguridad a qué parte de esas instalaciones debía dirigirse para efectuar su trámite. El guardia, después de mirar a Don Epi de arriba a abajo y con una expresión de molestia, le dijo que caminara a un pasillo que decía "contrataciones".

En el área de contrataciones, Don Epi tomó un turno que estaba en la entrada, se percató que habían varios módulos de atención aunque sólo dos estaban activos, y se sentó a esperar que una maquinita instalada en una parte alta marcara su número y el módulo al que debía pasar... después de unos quince minutos, al fin salió su turno que le decía que pasara al módulo cinco, en el módulo cinco se estaba sentando otra persona y Don Epi hizo mención de que a él le correspondía el turno... el señor que se estaba metiendo en el turno, le dijo a Don Epi que él tenía el turno anterior, pero, en el otro módulo donde le correspondía la señorita se había "equivocado" y había pasado a otra persona... total que la señorita del módulo cinco le dijo a ese señor que no se podía meter y que en todo caso eso lo hubiera aclarado con el módulo al que le había tocado y en el que no lo habían atendido y que lo sentía pero tenía que tomar otro turno. Total, después de aclarada esa situación, Don Epi tomó asiento y después de escuchar por unos cinco minutos a la señorita sobre el cargo de conciencia que tenía por no haber pasado al señor que tenía un turno con el número anterior, Don Epi pudo explicar el motivo de su visita... al escucharlo, la señorita abrió su sistema casi operativo (Don Epi se percató que la pantalla parecía de un sistema operativo "Dos", ni siquiera "windows"), y tomó una serie de datos sobre el domicilio que ha tenido y sobre el domicilio al que hará su cambio.

Al ingresar los datos, la señorita le dijo a Don Epi que en el domicilio donde todavía se encontraba tenía contratado el servicio de internet, a lo cual Don Epi contestó en sentido afirmativo, y luego la señorita le informó que para hacer el cambio de la línea tenía que dar de baja ese servicio de internet; al escuchar eso, Don Epi expresó que estaba bien, y que en todo caso haría la reconexión de internet posteriormente en su nuevo domicilio, pero, la señorita le dijo que en el nuevo domicilio no hay servicio de internet... "¿cómo que no hay servicio de internet?, y entonces los vecinos de la zona ¿por qué tienen internet, y por qué en la caja de teléfonos en la esquina aparece un anuncio en fondo azul que hace mención de internet?", -cuestionó asombrado Don Epi-, a lo que la señorita le dijo que lo que pasaba es que no tenían suficientes líneas para dar el servicio de internet. Don Epi no entiende totalmente los aspectos técnicos, pero, si se supone que todo es cosa de conectarse a una computadora central (servidor del servicio) y dicen que ya no hay suficientes "lineas", entonces es de suponer que esa computadora ya no tiene la suficiente capacidad para soportar las necesidades del servicio que tanto anuncia la compañía telefónica; ante ello, la señorita de la empresa telefónica en cuestión aceptó que el equipo se está poniendo obsoleto, y en un tono de molestia y bastante sarcástico en su contenido le dijo a Don Epi que lo que podía hacer para resolver su problema es que se cambiara a un domicilio donde hubiera el servicio de internet... por supuesto, a Don Epi no le agradó esa contestación, y procedió a soltar una letanía sobre lo que pensaba de ese servicio que le hacía sentir que estaba en una oficina de gobierno, y lamentó mucho que esa empresa hubiera sido protegida desde Salinas hasta el actual para que pudiera funcionar como un verdadero monopolio que le estaba dando a su principal accionista y dueño la posibilidad de aparecer en el número uno de las listas Forbes, y expresó que todo eso pasa precisamente porque no tienen un verdadero y real competidor gracias al apoyo gubernamental.

Finalmente, Don Epi le dijo a la señorita que por lo menos hiciera el cambio de línea y ya lo demás lo solucionaría como fuera posible; luego, preguntó en cuánto tiempo le harían el cambio de línea y la señorita simplemente expresó "de dos a cuatro semanas"... horrorizado Don Epi dijo "¿y mientras de dos a cuatro semanas me tengo que quedar sin teléfono?"... y la señorita simplemente se concretó a expresar que esa era el tiempo que la empresa telefónica tiene para la reinstalación del servicio en el nuevo domicilio (algo así como "si le gusta tómelo y si no simplemente déjelo"). Al salir del lugar, Don Epi escuchó en las noticias que el señor Slim había dado una conferencia "magistral" sobre el tema de la modernidad, expresando que una forma de enfrentar la crisis actual es que los negocios busquen fortalecer su propia tecnología... Don Epi simplemente se rió al escuchar la noticia, y luego pensó: y también no estaría de más tener uno o dos amigos en el gobierno que se encargaran de brindar el apoyo estructural para sobrevivir como un monopolio.

Al respecto, ya más tarde reflexionando sobre todo lo ocurrido, Don Epi, que tiene un negocio de reparación de refrigeradores, pensó sobre qué pasaría si su negocio fuera el único en todo el país, y todo aquél que tuviera un refrigerador tuviera que acudir con él para reparar su refrigerador... quizás no estaría en los primeros lugares de las listas Forbes, pero, seguramente sí sería un millonario más en éste país, pero no, Don Epi tiene que enfrentar una crisis que no generó y a dos competidores en la zona... y además enterarse de las conferencias "magistrales" de un señor que no tiene la menor idea de lo que está pasando en su empresa principal, y quizás no le interese mientras no tenga un verdadero y real competidor... el dìa que esa empresa telefónica tenga un competidor a su altura, entonces ya veremos cómo se preocupan por la calidad del servicio a los usuarios, por mejorar su capacidad tecnológica y lo más importante por ajustar a niveles adecuados el precio de sus servicios.

Saludos,

Autor del relato: Raymundo Royo

Cualquir semejanza con la realidad, es simplemente eso... una realidad.

sábado, 21 de febrero de 2009

EL DE LA CAUSA HABLANDO DEL EFECTO

El días pasados el Señor Carlos Slim apareció en una conferencia en la cual virtió una serie de comentarios que fueron magnificados por los comunicadores del sistema al observar que se contradecían con las declaraciones kafkianas del señor Felipe Calderón.

Las palabras del señor Slim, conocido empresario de nacimiento en México, mostraron un panorama difícil para la economía mundial y en particular para la economía mexicana, ya que habló de despidos, aumento en los precios, disminución drástica del poder adquisitivo, etcétera; al respecto, podría decirse que indudablemente que las palabras del señor Slim tenían una gran parte de verdad sobre lo que se podía esperar en la economía del futuro, sin embargo toman una relevancia muy especial cuando vienen de un empresario que es considerado el más millonario del mundo, ya que más bien parecen un "baño en salud" por lo que posiblemente esté programando hacer en la gran cantidad de sus empresas.

Lo importante de éste asunto, no es si las palabras del señor Slim resultaron contradictorias con los discursos de optimismo kafkiano por parte del señor Calderón; tampoco resulta totalmente trascendente el discurso previendo hacer despidos masivos en sus empresas como para minimizar el efecto que puede representar una medida así, no, lo relevante en este caso es que uno de los causantes de los efectos de la crisis se encuentre declarando y criticando precisamente lo que por tantos años le ha dado de comer... a menos que eso sea una presión (negociación) hacia el gobierno con el objeto de obtener algún tipo de beneficio para alguno o algunos de sus negocios.

Como es ampliamente conocido, desde hace algunos años (desde la Madrid) en México se fue imponiendo una clase política tecnócrata en el poder público, que con el tiempo dieron vida pública al sistema que se conoce como Neoliberalismo... los que más tienen son protegidos del sistema con la eterna promesa eterna e incumplida en su amplia dimensión, que serán ellos los encargados de "distribuir riqueza" hacia los estratos intermedios, mientras a los que menos tienen (en lenguaje coloquial, los jodidos... que cada vez son más) se supone que el Gobierno les "distribuye" la riqueza. El señor Slim, precisamente surge al alto mundo empresarial con el apoyo del sistema regido en ese momento por el señor Salinas, quien le entrega como principal socio el mando de Teléfonos de México, con una enorme garantía de protección monopólica, que hace que ese millonario se convierta en un multimillonario al tener la combinación de dos factores: Uno, que es un empresario (no es improvisado), pero, además le entregan una empresa con la protección oficial que permite que no tenga competidor alguno (lo de empresas Maxcom y otras semejantes no es "competencia" para Telmex, ya que las líneas que precisamente manejan esas empresas provienen de servidores de Telmex), y con ello el señor ha ido comprando cuanta empresa puede... pero, ¿qué ha hecho por mejorar el poder adquisitivo de los trabajadores que laboran en sus empresas, precisamente para cumplir con el cometido neoliberal de "distribución de riqueza"?... a partir de ese tipo de factores, sumados con los de muchísimas otras empresas de ese alto nivel (empresas Triple A), ante la voracidad de empresarios que lo único que notoriamente les interesa es generar el máximo de utilidades al mínimo costo, con el tiempo se llega a la situación de que el poder adquisitivo de la población se va deteriorando, y por ende llega un momento que la sociedad entra en una espiral de "crisis".

El señor Slim podrá hablar, (aunque contradiga el discurso del señor Calderón), pero, lo cierto es que él es uno de los copartícipes del origen de la crisis que vive la nación, y precisamente por ello resulta ocioso, y dadas las condiciones hasta sarcástico, que el señor ponga a la vista un panorama fatalista para el país... lo ideal es que el señor hubiera anunciado el esfuerzo por apretarse sólo unos milímetros su abultadísimo cinturón a cambio de apoyar la economía nacional (esa que le ayudó en otros momentos a convertirse en el primer multimillonario del mundo).

Saludos,

Raymundo Royo

viernes, 13 de febrero de 2009

¿INDEMNIZACIÓN POR DAÑOS Y PERJUICIOS EN MATERIA FISCAL?

Por: Raymundo Royo

En ocasiones, o muchas de las veces, empresarios y contribuyentes en general se hacen éste tipo de planteamientos:

"Encima de que tengo que pagar más impuestos, que alguien me diga ¿por qué para contribuir correctamente tengo que pasar por aspectos como los que a continuación se expresan?:

¿Por qué tengo que hacer mis comprobantes fiscales con un impresor que autorice el SAT y no con un impresor de mi predilección que me cobre menos que sí se encuentre registrado, aunque no esté autorizado como impresor oficial por el SAT?

¿Por qué tienen que caducar los comprobantes que imprima?

¿Quién me paga a mí el costo de los comprobantes "caducos" que están en buen estado, pero, que ya no pueden ser utilizados?

¿Quién me pagará el costo extra del Contador que ya se incrementó debido a que hay que llevar más controles fiscales y presentar más declaraciones informativas?

¿Quién me pagará el costo del servicio de internet que tuve que contratar para poder enviar información al SAT?

¿Quién me pagará el costo de los Bancos por el servicio de pagos electrónicos que tuve que contratar para poder efectuar el entero de las contribuciones, ya que los señores del SAT no me permiten el pago directo en ventanilla?

¿Quién me pagará el costo del desgaste del automovil, de la gasolina, del estacionamiento y de mi valioso tiempo cuando tengo que acudir directamente a la oficina del SAT por no poder dar una carta-poder a otra persona para que vaya por mí y le puedan dar atención en mi nombre y representación?

¿Quién me pagará la disminución que he tenido en mis ventas debido al encarecimiento de los productos que se venden al público en general por la creciente carga fiscal a los sectores medios de la población?

¿Quién me pagará el costo por dictaminar estados financieros, y que encima si sale alguna observación la autoridad me venga a requerir por ello?

¿Qué no se supone que mi obligación constitucional es sólo contribuir para los gastos públicos... y nada más?"

Los anteriores son sólo algunos de los planteamientos que cualquier empresario medio puede formularse ante el creciente número de obligaciones y restricciones en materia fiscal... y es que a mayores obligaciones y controles las empresas se ven en la necesidad de tener mayores costos administrativos que indudablemente repercuten en los precios de los bienes y servicios que se venden a la población en general.

Y no sólo puede hablarse de costos administrativos que se anexan en los precios de los bienes y servicios, sino que también debe tomarse en cuenta que si un contribuyente no se sujeta (o debe decirse más propiamente "no se somete") a tales controles, simplemente queda expuesto a la imposición de alguna sanción por parte de la autoridad, y en muchos otros casos incluso se le expone a lo que considero una terrible violación constitucional al negársele la aplicación de deducciones, traduciéndose ello en una mayor carga tributaria para quien se encuentre en tal situación.

¿Y por qué se habla de "violación constitucional?... Para entender lo nque se viene mencionando y las repercusiones a las que se ve expuesto el gobernado, tomemos por ejemplo el pago de salarios en una empresa respecto del Impuesto Sobre la Renta (y no hablemos de este tipo de pago para efectos de Impuesto Empresarial a Tasa Única, porque terminamos llorando más); normalmente, éste concepto es deducible ya que se trata de un pago efectuado al personal subordinado de la empresa, encargado de desarrollar las labores relacionadas con el giro de la empresa. Sin embargo, la autoridad fiscal, mediante las herramientas que los legisladores se han encargado de permitirle, establece como una obligación que la empresa presente una declaración informativa de sueldos y salarios para que los pagos por concepto de sueldos puedan ser deducibles... para tal cumplimiento, es necesario que alguien haga la captura de cada uno de los datos contenidos en las nóminas que semanalmente se van haciendo, se obtengan los totales anuales, se hagan cálculos de cada uno de los sueldos pagados cuidando de no hacerlos para determinados trabajadores que presentan sus declaraciones aparte por estar así obligados a ello, llevar un compilado de las retenciones que de cada uno se fueron haciendo durante el año, comparar tales retenciones con los cálculos anuales efectuados, verificar si da saldo a cargo o a favor para que se aplique en nuevos pagos, llenar una declaración electrónica de sueldos y salarios que antes debe bajarse desde Internet (para bajar tal programa de captura, debe tenerse Internet, luego atinar cuál debe ser la opción de descarga que más pueda convenir, antes debe bajarse otro programa que se llama DIM y luego otro que le llaman DIMM, -o al revés, no estoy seguro-, saber de algún modo o preguntando a alguien que sepa de cómputo si se tiene un programa de nombre Java que ellos llaman "yava", si no se tiene entonces bajarlo, una vez que el programa está guardado, entonces instalarlo cruzando los dedos porque la instalación sea correcta y no aparezcan mensajes siniestros tales como alguno que más o menos dice: "se instalará un archivo menos actual que el que se tiene, ¿desea guardarlo de cualquier manera?", adivinar si se le dice que sí y no se vaya a perjudicar con ello a otros programas ya instalados en el equipo, luego, debe abrirse el programa y ver si correo o en su defecto verificar las razones y descubrir, -quizás-, que debe instalarse otro programa "controlador"... y si todo parece bien, entonces comenzar el tedio de pasar a la captura de dato por dato); luego, una vez capturados los datos de la declaración, entonces generar un archivo que deberá enviarse a la autoridad... Luego, entrar a Internet, tratar de entrar a un módulo de envío de declaraciones informativas que solicita algo que se llama "CIECF" que se supone quiere decir "Clave de Identificación Electrónica Fortalecida" (que si no se tiene, entonces debe tramitarse, y para ello la persona debe acudir "personalmente" al módulo más cercano del Servicio de Administración Tributaria con su credencial de elector y su Registro Federal de Contribuyentes para que les proporcione ahí una "clave" alfanumérica de ocho digitos y una dirección de correo electrónico), con su clave se le dará la entrada a un módulo de captura del archivo para envío de declaración que le solicitará que encuentre el condenado archivo que se puede encontrar por cualquier parte del disco duro... una vez que lo localiza lo manda, y si no tuvo interrupción del sistema eléctrico o del servicio de Internet, la autoridad le hará aparecer un mensaje de recepción de la declaración y deberá esperar todavía a que los señores se dignen recibirle la declaración... si se la reciben (confirmación de declaración), se puede decir que ya la hizo, y si no se la reciben, simplemente la tomarán como si usted nunca hubiera enviado nada y en tal caso estaría casi como en el principio, sólo que más cansado y preocupado. Si no presentó la famosa declaración, entonces la autoridad simplemente no le tomará en cuenta el pago de sueldos y salarios como un concepto deducible, lo que simplemente le está negando el cumplimiento proporcional y equitativo de sus contribuciones.

Ante todo ello, si el cumplimiento fiscal resulta excedente respecto de la obligación constitucional consignada en la fracción IV del artículo 31 Constitucional, entonces se le estarían provocando al gobernado daños y perjuicios que indudablemente considero que serían motivo de una indemnización que tendría que pagar la autoridad, tanto por los costos administrativos que se le originan al gobernado como por el excesivo impuesto que se le generaría al negársele el justo cumplimiento de contribuir de manera proporcional y equitativa.
Por otro lado, no olvidemos que la Constitucion Política de los Estados Unidos Mexicanos en su fracción IV del artículo 31 sólo obliga al gobernado a CONTRIBUIR para los gastos públicos (demanera proporcional y equitativa); y acorde con la doctrina jurisprudencial para que el individuo pueda cumplir con dicha obligación, en las leyes fiscales deben establecerse los elementos esenciales del tributo que son: sujeto, objeto, base, tasa o tarifa y época de pago; así como las características esenciales del tributo que corresponden a las conductas, situaciones y hechos que deben estar debidamente contempladas en las leyes fiscales... pero, nada más.
Es decir, el gobernado sólo tiene la obligación de CONTRIBUIR para los gastos públicos tomando las cantidades que sirvan para determinar la contribución de que se trate y efectuando el cálculo respectivo; todo lo demás, tales como las obligaciones que se pretenden respecto a declaraciones informativas, caducidad de comprobantes, que los comprobantes deban llevar una serie de datos específicos, etc., simplemente son obligaciones ACCESORIAS que no están contempladas en nuestra Carta Magna.

Respecto a la tarea de FISCALIZACIÓN, es una facultad que el legislador le otorga a la autoridad que en el sentido de que en todo momento podrá verificar los libros de registro contable en los términos de lo establecido en el artículo 16 Constitucional.
Por otro lado, al obligar al gobernado a que esté SOMETIÉNDOSE a controles accesorios a la obligación Constitucional, ¿cuál es el objetivo?... ¿presuponer que el gobernado es un defraudador a menos que demuestre que su información en materia fiscal es correcta gracias a un cruce armónico entre toda la información fiscal que debe generar?... Recordemos que al respecto existe un Pacto Internacional de PRESUNCIÓN DE INOCENCIA; por lo tanto, si el gobernado paga un peso de impuestos, corresponde a la autoridad CREER QUE EL PESO QUE PAGA EL GOBERNADO ES CORRECTO A MENOS QUE DEMUESTRE LO CONTRARIO.

Como vemos, al estar obligado el gobernado (contribuyente) a cumplir con una serie de obligaciones y restricciones contenidas en las leyes fiscales, -a beneplácito de la autoridad-, lo que pretende es que los gobernados acudan al confesionario fiscal, establezcan si han o no pecado, confiesen sus pecados, que comprueben el arrepentimiento de sus pecados y encima que el "pecador" le pague al confesor, al fabricante del confesionario y hasta el que barre el confesionario, haga penitencia con arrepentimiento de los pecados cometidos y se prepare para el próximo confesionario del mes.
Ya es necesario que la autoridad encuentre un justo medio que le haga ubicarse en una realidad económica difícil que impera en la mayoría de la población, y no creer que por tratarse de entes económicos como empresas, profesionistas, arrendadores, etcétera, éstos podrán pagar el costo que sea con tal de cumplir con sus obligaciones impuestas por los legisladores que en su gran mayoría sólo miden sus intereses políticos y su permanencia en el poder.

Saludos.

lunes, 9 de febrero de 2009

GARANTÍA DE OPCIONES FISCALES ANTE LA CRISIS FINANCIERA

Por: Raymundo Royo

Como es bien sabido, la crisis económico-financiera que ha afectado los bolsillos de millones de personas alrededor del mundo, y México no es la excepción, surge inicialmente en Estados Unidos y ha afectado la economía de muchos países; sin embargo, vale la pena considerar que la crisis económico-financiera surgida en Estados Unidos no se creó de manera espontanea, sino que se produjo en altos sectores de la economía que durante años fueron abusando de su posición dentro de un ámbito neoliberal.

En México, durante años las macro empresas (Triple A) han tenido diversos beneficios dentro de un ámbito económico neoliberal, lo que les ha permitido no sólo sobrevivir en temporadas de auge económico, sino que han obtenido ventajas enormes que les han producido grandes utilidades a un mínimo costo fiscal, representando ello una mayor carga fiscal-administrativa tanto para el sector económico independiente (Grandes, Medianas, Pequeñas y Microempresas, así como personas fìsicas independientes, arrendadores y otras actividades) como para el sector asalariado; al respecto, debe recordarse que esa carga financiera no sólo se traduce en una mayor contribuciòn a través de incrementos a la base de cálculo (por ejemplo disminuciòn de deducciones o de sus requisitos), sino también en una exagerada carga administrativa para el correcto cumplimiento de la obligación Constitucional de contribuir para los gastos públicos (por ejemplo, contratación de Internet para el pago de impuestos, pérdida de tiempo para obtener el "fichado fiscal" mejor conocido como "firma electrónica avanzada" o peor conocido como la "fea", contratación de personal para la captura de diversos datos que sirvan de base para la presentación de declaraciones informativas, etc.)... carga administrativa que por cierto no es cubierta por la propia autoridad que la genera.

Ante todo el panorama descrito en el párrafo anterior, resulta que al llegar la época de crisis económica, una vez que disminuyen en un mínimo porcentaje las utilidades de las Triple A, inmediatamente se encargan de establecer medidas que les permitan seguir obteniendo beneficios económicos y que indudablemente afectan la vida de millones de familias mexicanas (falta de conciencia social), tales como los "paros técnicos", "despidos escalonados", negociación de liquidaciones con "nueva contratación", etcétera... y en el mal de los casos (que lo están haciendo mucho), tranquilamente se trasladan a otros países (deslealtad con el país que les ha brindado un esquema de beneficios fiscales para su total bienestar) que les brinden mayores ventajas para mantener su voracidad financiera... y si todo ello no fuera necesario, entonces prefieren cerrar antes de pasar una temporada con bajas o mínimas utilidades.

El panorama que se comenta en el párrafo anterior para la vida de las Triple A, es muy diferente al de los otros dos sectores que hemos mencionado (independiente y asalariado), ya que en su gran mayorìa se ven en la necesidad de buscar alternativas para sobrevivir, y en muchos de los casos traduciendo ello en una mínima o casi nula utilidad; y a pesar de todo ello, las siempre "eficientes" autoridades, aprietan más sus herramientas para obligar a que exista un mayor cumplimiento en materia fiscal.

Sabemos que la estructura fiscal aplicable al sector independiente, está dirigido a establecer controles a través del sistema financiero (que por cierto se trata de un sector de control casi totalmente extranjero y que se ha dedicado a establecer costos muy altos por los servicios que ofrece), lo que implica que los controles fiscales se dirijan a evitar las operaciones en efectivo, so pena de que quien haga compras y ventas en efectivo, al efectuar sus depósitos deba "informar" a la autoridad de tales manejos del dinero en efectivo a efecto de que la autoridad no considere sus operaciones como "ingresos no declarados" (en otras palabras, la autoridad pretende que todo mexicano es "culpable" en materia fiscal hasta en tanto "demuestra" su inocencia... ¿cómo demostraría el contribuyente su inocencia?, precisamente con la presentación de declaración informativa por los depósitos que se efectùen mayores a 600 mil pesos).

Ante todo el panorama que se viene mencionando, puede afirmarse que es un derecho Constitucional de todo mexicano buscar opciones legales que les permitan cumplir su obligación de contribuir para los gastos públicos, pero, de manera proporcional y equitativa. No hacerlo así, implicaría que se contribuye incorrectamente (tanto por pagar más como por pagar menos), y eso no es lo deseable.

No olvidemos que la gran mayoría de contribuyentes que integran el sector independiente no sólo deben contribuir para los gastos públicos, sino que deben cubrir altos costos administrativos para que puedan tener un correcto cumplimiento de sus obligaciones fiscales; ¿y quién pagará esos gastos administrativos en ocasiones excesivos?... simplemente los mismos de siempre, y quien los genera y se beneficia por tal situación (gobierno) simplemente no hacen nada alegando diversos y muy variados pretextos, que a la larga se convierten en sólo eso: pretextos.

Saludos

viernes, 30 de enero de 2009

IDE: ¿LEGALIZACION ANTE EL FRAUDE FISCAL?

Por: Raymundo Royo

Como es bien sabido, a partir del primero de julio de 2008 entró en vigor el Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE) a través del cual el banco retendrá un impuesto del 2% sobre el excedente de 25 mil pesos de depósito en efectivo.

Por otro lado, disponen los párrafos primero, segundo y tercero del artículo 108 del Código Fiscal de la Federación (CFF) lo siguiente:

"Artículo 108. Comete el delito de defraudación fiscal quien con uso de engaños o aprovechamiento de errores, omita total o parcialmente el pago de alguna contribución u obtenga un beneficio indebido con perjuicio del fisco federal. La omisión total o parcial de alguna contribución a que se refiere el párrafo anterior comprende, indistintamente, los pagos provisionales o definitivos o el impuesto del ejercicio en los términos de las disposiciones fiscales.
El delito de defraudación fiscal y el delito previsto en el artículo 400 Bis del Código Penal Federal, se podrán perseguir simultáneamente. Se presume cometido el delito de defraudación fiscal cuando existan ingresos derivados de operaciones con recursos de procedencia ilícita."

Por otro lado, establece el primer párrafo del artículo 400-Bis del Código Penal Federal (CPF) lo siguiente:

"Artículo 400-Bis. Se impondrá de cinco a quince años de prisión y de mil a cinco mil días multa al que por sí o por interpósita persona realice cualquiera de las siguientes conductas: adquiera, enajene, administre, custodie, cambie, deposite, dé en garantía, invierta, transporte o transfiera, dentro del territorio nacional, de éste hacia el extranjero o a la inversa, recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, con conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilícita, con alguno de los siguientes propósitos: ocultar o pretender ocultar, encubrir o impedir conocer el origen, localización, destino o propiedad de dichos recursos, derechos o bienes, o alentar alguna actividad ilícita."

Como puede observarse, si una persona realiza depósitos de procedencia ilícita, se hace acreedor a la pena establecida en el artículo 400-Bis del CPF, pero, siempre y cuando el autor del depósito tenga conocimiento de que la procedencia es ilícita y que lo haga con el propósito de ocultar o pretender ocultar, encubrir o impedir conocer el origen, localización, destino o propiedad de dichos recursos, derechos o bienes, o de alentar alguna actividad ilícita; sin embargo, cuando la persona realiza operaciones con el público en general, entonces puede alegar (y así sucede en muchos de los casos) que los depósitos millonarios se deben a operaciones derivadas de sus actividades (registradas como lícitas y quizás amparadas con contratos) y por lo tanto desconoce si quien le pago se dedica a actividades ilícitas; en éste caso, resulta difícil probar lo contrario. Ante ello, la autoridad ha pretendido entonces derivar los casos al ámbito de la defraudación fiscal, alegando para ello que se trata de depósitos de dudosa procedencia que no pagan un impuesto, y para ello han pretendido que con el depósito proveniente de operaciones por las cuales no se pagó impuesto, entonces se configura con ello el delito de defraudación fiscal pretendiendo el daño al fisco; sin embargo, si con la existencia del IDE la información surgida por los bancos llegará a la autoridad fiscal, e incluso pagará un impuesto (a través de la retención), entonces, ¿podría alegarse el perjuicio al fisco federal por tales depósitos?... ya que la información es conocida por la autoridad (se quita el engaño), y sobre de tales montos se aplica un impuesto que no es calculable por el propio contribuyente (lo que no puede dar lugar a una actitud de dolo, ya que la persona no calculará el impuesto directamente)... entonces, se quita de enmedio la posibilidad de que la operación sea considerada como constitutiva del delito de defraudación fiscal.

No es difícil suponer que ésta visión no puede ser compartida por la autoridad, es lógica esa suposición, pero, lo importante es el fundamento jurídico del planteamiento, y si se analiza, si la autoridad cobra un impuesto sobre una base determinada, no puede alegar ni el desconocimiento ni el daño económico al fisco.


Saludos.

PRESUNCION DE INOCENCIA EN MATERIA FISCAL

Por: Raymundo Royo

El 18 de diciembre del año 1980, el Senado de la República aprobó el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, cuyo depositario es la Organización de las Naciones Unidas con sede en Nueva York, EUA, según decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 9 de enero de 1981, y entró en vigor en México el día 23 de junio de 1981, habiéndose publicado el Pacto Internacional el día 20 de mayo de 1981 en el Diario Oficial de la Federación. En dicho Pacto Internacional, específicamente en el apartado 2 del artículo 14, se establece una cláusula a través de la cual los Estados firmantes aceptan la presunción de inocencia en la aplicación del Derecho como un principio fundamental.

El principio de presunción de inocencia en relación a la materia fiscal implica que las actuaciones del gobernado deban ser consideradas por la autoridad como actos de "buena fé" a menos que la propia autoridad sea la que demuestre lo contrario; en la práctica, tal situación simplemente no está sucediendo, e incluso podría decirse que el principio se aplica al revés.

Como sabemos, todo acto de autoridad goza de una presunción de legalidad que se encuentra sujeta a comprobación; es decir, no se puede concebir que los actos del Estado sean "ilegales", sino que como principio fundamental éstos siempre deberán ser legales (si bien sabemos que muchos de los actos llevados a cabo por las autoridades no siempre gozan de un apego a la legalidad, lo cierto es que el gobernado siempre tiene la posibilidad de hacer valer su derecho Constitucional a que el proceder de la autoridad se apegue a derecho).

Por otro lado, con base en el principio fundamental de presunción de inocencia, todo acto realizado por los gobernados debe considerarse apegado a Derecho, y la autoridad cuenta con ámplias facultades para comprobar que así sea, y en caso de que se demuestre lo contrario, entonces la autoridad puede ejercer sus facultades para establecer sanciones a los gobernados.

En éste orden de ideas, si las tareas de fiscalización son propias de la autoridad, ¿por qué el gobernado tiene que llevar a cabo dichas tareas tendientes a "demostrar" a la autoridad que es un "gobernado bien portado"?, y si no cumple con tal "demostración", entonces se convierte en un pecador infiel carente de inocencia que es sujeto de sanción por su "mal comportamiento".
Esta situación indudablemente que se opone al principio de inocencia que hemos venido mencionando.

Recordemos que la obligación Constitucional del gobernado es la Contribución para los gastos públicos de la Federación, Estados, Distrito Federal y Municipios en que se resida, dentro de un marco de proporcionalidad, equidad y legalidad; en ningún momento se establece en dicho dispositivo jurídico que el gobernado deba demostrar la veracidad respecto del cumplimiento a lo dispuesto en la Ley en que basó el cálculo de su contribución, esa facultad precisamente se la otorga la propia Constitución a la Autoridad.

Cuando para cumplir con su obligación de pago de sus contribuciones el gobernado se ve ante la obligación de someterse a autocontroles de fiscalización, como por ejemplo las declaraciones informativas, entonces indudablemente que se le está imponiendo una obligación que excede al mandato Constitucional; máxime cuando tales declaraciones implican la "comprobación" de la inocencia del gobernado por parte del propio gobernado. Esto indudablemente que contradice el principio fundamental de presunción de inocencia.

Un ejemplo más lo representan los comprobantes que se expiden, ¿por qué un gobernado debía expedir comprobantes de sus operaciones que antes debieron pasar por filtros de control que a su vez fueron llevados a cabo por impresores que también se encuentran previamente bajo el control de la autoridad?; si con éste tema se considera el contenido del principio de inocencia, se podrá observar que simplemente bastaría que el contribuyente pudiera expedir comprobantes elaborados cuando quisiera y con quien mejor le parezca... ya que se supone que con base en tal principio se debe suponer que el gobernado va a emitir correctamente sus facturas respecto de los ingresos que perciba, y para eso la autoridad tiene la facultad de cerciorarse de que así sea, a través de la realización de actos de fiscalización que deben ser llevados a cabo dentro de un marco de legalidad.

En esencia, el principio de presunción de inocencia en materia fiscal pareciera que no se cumple por dos principales razones:

- La autoridad no cree en la honestidad o buena fé de los mexicanos; y,
- La autoridad no desea llevar a cabo actos apegados a la legalidad, o simplemente no se considera capaz de apegarse a la legalidad en sus actuaciones y por eso requiere que el gobernado se encargue de realizar una parte de tales actuaciones (por ejemplo la presentación de declaraciones informativas) que después en la obscuridad de una sombría oficina hacendaria, serán motivo de comparaciones que en caso de resultar diferencias simplemente se encargarán de utilizar tal información emitida por el gobernado en contra del gobernado dando por hecho que fue él mismo quien le hizo llegar esa información.

Uno de los problemas que históricamente ha enfrentado México es la actitud de control casi paranóico por parte de los representantes de la Autoridad, mientras que el mundo entero va evolucionando; por lo tanto, se hace necesario crecer, y entender que la contribución a los gastos públicos no se mejorará por la fuerza, sino por el convencimiento, que debe partir de una presunción en la inocencia del gobernado.


Saludos.

DEDUCIBILIDAD DE PAGOS A MAQUILADORES PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES

Por: Raymundo Royo

Una empresa comercializa productos de temporada y para ello decide contratar los servicios de personas que maquilen la producción de tales productos, pero, tales personas se encuentran dadas de alta como pequeños contribuyentes, ¿es posible hacer deducibles los pagos que se efectúen a tales personas?

Si tales productores le expiden a la empresa una nota como pequeños contribuyentes, ésta no será deducible para efectos del Impuesto Sobre la Renta ya que es de suponer que no trasladarán el Impuesto al Valor Agregado (IVA), ya que en tal caso tales personas dejarían de tributar en dicho régimen fiscal; sin embargo, existe la posibilidad de que el pago sea deducible, si los pequeños contribuyentes solicitan a la empresa que ésta les retenga el ISR (Impuesto Sobre la Renta) con fundamento en la opción del artículo 110 de la Ley de dicho impuesto, a efecto de que éste se calcule como un asimilado a sueldos y salarios. En ésta opción el pequeño contribuyente no expedirá comprobante, sino que la empresa contratante expedirá un recibo en el que desglosará el importe pagado así como el impuesto retenido.

Ante esta opción se recomienda que el pequeño contribuyente emita un escrito a la empresa solicitando de manera expresa que se le haga la retención de ISR mediante esta opción, además de un contrato de servicios independientes de maquila que sería muy recomendable hacer, y también se recomienda que el pago de la empresa se efectúe con cheque, -de preferencia nominativo con abono a cuenta del beneficiario-, y se recabe copia de documentación oficial del pequeño contribuyente para demostrar su existencia y personalidad.

Saludos.

¿INCONSTITUCIONALES LAS DECLARACIONES INFORMATIVAS?

Por: Raymundo Royo


¿Cuál es el fundamento por el cual se obliga a los mexicanos al PAGO de las contribuciones:

Artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

¿Cuál es el texto de esa disposición Constitucional?:

"Artículo 31. Son obligaciones de los mexicanos:

IV.- Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes."

Como puede observarse en el texto Constitucional trascrito, la obligación es "CONTRIBUIR"... ¿y cuál es la definición de esa palabra?:

Definición enciclopédica: "Contribuir.[verbo trans.] Dar o pagar cada uno la cuota que le cabe por un impuesto o repartimiento. Se utiliza más como intransitivo. • Concurrir voluntariamente con una cantidad para determinado fin. • [fig.] Ayudar y concurrir con otros al logro de algún fin."

Como puede observarse el término CONTRIBUIR es una palabra equivalente a PAGAR; por lo tanto, si la obligación Constitucional es la de Contribuir para los Gastos Públicos, entonces eso lleva inherente una obligación de PAGO.

Nótese, la obligación del Contribuyente es de PAGO, no de INFORMAR o de FISCALIZAR.

¿Y qué quiere decir "fiscalizar"?:

"Fiscalizar. [verbo trans.] Hacer el oficio de fiscal. • [fig.] Investigar y criticar las acciones u obras de otro.".

Bueno, ¿y qué quiere decir "informar"?:

"Informar. [verbo trans.] Enterar, dar noticia de una cosa. Se utiliza también como pronominal. • [verbo intrans.] Dictaminar un cuerpo consultivo o cualquier persona perita, en asunto de su competencia. • Derecho: Hablar en estrados los fiscales y los abogados.".

Acorde a lo anterior, puede observarse con toda claridad que existe mucha diferencia entre PAGAR (Contribuir), FISCALIZAR e INFORMAR.

Por lo tanto, si la obligación CONSTITUCIONAL es la de PAGAR (Contribuir), entonces debe entenderse que no es obligación del gobernado el INFORMAR ni mucho menos FISCALIZAR.

Al respecto de la Autoridad, el artículo 16 Constitucional le otorga la facultad de FISCALIZAR a través de solicitar la INFORMACIÓN al gobernado; sin embargo, siendo la solicitud de información con el objeto de fiscalizar un acto de autoridad, acorde a esa misma norma Constitucional, éste debe estar debidamente FUNDADO y MOTIVADO, lo que implica que la Autoridad exprese no sólo la normatividad legal que le faculta a pedir información, sino las razones que tiene o argumenta para ello.

Ahora, si el acto fiscalizador implica la solicitud de INFORMACIÓN apegada a un procedimiento legal, entonces la entrega de esa información debe obedecer también a un acto de Autoridad debidamente fundado y motivado, ya que de lo contrario tal acto resultaría ilegal e inconstitucional.

Al respecto, veamos lo que establece el artículo 16 Constitucional específicamente en sus párrafos primero y onceavo:

"Artículo 16.

(primer párrafo) Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.

(párrafo onceavo) La autoridad administrativa podrá practicar visitas domiciliarias únicamente para cerciorarse de que se han cumplido los reglamentos sanitarios y de policía; y exigir la exhibición de los libros y papeles indispensables para comprobar que se han acatado las disposiciones fiscales, sujetándose en estos casos, a las leyes respectivas y a las formalidades prescriptas para los cateos."

Como puede observarse, en el párrafo primero del artículo 16 Constitucional se establece la obligación de fundar y moltivar todo acto de Autoridad; el párrafo onceavo del artículo 16 Constitucional es el que le otorga a la Autoridad la facultad de fiscalización con el objeto de cersiorarse del adecuado cumplimiento de las obligaciones de los gobernados.

En virtud de los planteamientos que se han venido expresando, puede observarse que por ningún lado existe la obligación para que el Contribuyente entregue información alguna para el cumplimiento de su obligación Constitucional, sino que su única obligación es la de PAGAR; por otro lado, el gobernado es objeto de la facultad de PEDIR información (acto de fiscalización) por parte de la Autoridad, y como se trata de un acto autoritario que vulnera el interés jurídico del gobernado, entonces éste acto debe estar debidamente fundado y motivado.

En conclusión, dado que las declaraciones informativas tiene como objeto el de dar información a la Autoridad con el objeto de que la misma lleve a cabo sus tareas de fiscalización de los contribuyentes, a través del famoso "cruce de información" que dice hacer, y dado que esta información no se solicita al Contribuyente por medio de un acto autoritario que funde y motive la causa legal de tal actuación, sino que se pretende establecer como una obligación de los propios Contribuyentes inserta en las leyes (declaración de clientes y proveedores, declaración de pagos a sueldos y salarios, declaración de operaciones con terceros, etc.), entonces considero que tal exigencia de información resulta violatorio de garantías Constitucionales, ya que la Ley pone obligaciones que superan a las que se encuentran contenidas en la propia Constitución.

Además, si el contribuyente no presenta las declaraciones informativas, o lo hace de manera "incompleta", puede ser objeto de sanciones.

Como puede observarse, la tarea de fiscalización le corresponde ejercerla a la autoridad, y es precisamente la propia autoridad la que debe sujetarse a un procedimiento debidamente fundado y motivado; si no lo hace así, entonces el gobernado podrá acudir ante alguna instancia de justicia al ver vulnerada la garantía de seguridad jurídica.

Por otro lado, al gobernado le corresponde contribuir para el mantenimiento de los gastos públicos; si no lo hace, o lo hace incorrectamente, eso le corresponde determinarlo a la autoridad y no al propio gobernado; actualmente, la trampa puesta por los legisladores y aprovechada por la autoridad, se encuentra en que por un lado el gobernado debe cumplir con su obligación de contribuir a los gastos públicos, y por otro lado debe "comprobar" a la autoridad su "inocencia" al "demostrarle" que contribuye "correctamente"... y si los datos no coinciden, entonces la autoridad con base en esa misma información procede a la imposición de sanciones sin haber llevado a cabo previamente un procedimiento de fiscalización, sino que simplemente se concreta a comparar la información que el propio gobernado ofrece.

Ante lo anterior, y en una actitud de análisis desde un punto de vista puramente jurídico, podríamos preguntarnos: ¿qué sucede si el gobernado no proporciona "toda" la información?... debido a una presunción de inocencia que debe existir, y dada la función de fiscalización que tiene la autoridad, le corresponde a la autoridad DEMOSTRAR que la información que se le proporciona no es "toda", y si esa "demostración" no se encuentra apegada a derecho, entonces el gobernado tiene todo el derecho de acudir ante una instancia de justicia a que se haga valer la garantía de seguridad jurídica.

En esencia... las declaraciones informativas resultan inconstitucionales, pero, si se han de presentar, entonces que se presenten (¿cuál es el problema?), que sea la autoridad la que se ponga a trabajar y no los gobernados en las tareas que precisamente son de la autoridad... ¿o acaso la autoridad pagará los gastos administrativos que se le generan al gobernado por recabar y clasificar la información que pretende que se le proporcione?... no lo creo, entonces ¿por qué pagar más allá de la obligación constitucional?.


Saludos.

viernes, 23 de enero de 2009

CULTURA DEL ENTREGUISMO

Como es de amplio conocimiento, hace unos días en Estados Unidos se dio el cambio de Presidente, de tal manera que por el bien de ese país y por descanso del mundo entero por fin salió Bush, y en su lugar entró el nuevo Presidente Obama.

Indudablemente que Estados Unidos es uno de los países de mayor relevancia mundial, por lo cual el inicio de un nuevo ciclo presidencial causa interés en todos los países del mundo; resulta lógico también, que con el inicio en funciones del nuevo Presidente, los líderes de las diversas naciones del mundo se apresten a dar sus saludos y expresar sus mejores deseos, y en éste ámbito de felicitaciones y discursos, no puede faltar, -por supuesto-, el señor Felipe Calderón, quien a nombre de México se dio prisa en saludar al señor Obama, sólo que en la mente "clasemediera" de una persona que pareciera creer que el mundo se ve a través de la televisión, y de una persona carente de verdadero, profundo y actual conocimiento de la esencia política, pues, era de esperarse que más allá de una felicitación expusiera la actitud ratonera de quien fue enseñado a sentir que debía ser líder (¿líder de qué?... bueno, al menos fue enseñado a intentarlo), pero, a la vez también fue enseñado a ver a Estados Unidos como una nación siempre por encima de México, y las consecuencias no se hicieron esperar: el señor no sólo dio sus felicitaciones, sino que incluso se sujetó a los designios de Estados Unidos, esperando que erl señor Obama hiciera bien las cosas y así le fuera bien a México... si eso no es entreguismo puro, no se cómo se puede nombrar.

Indudablemente que Estados Unidos es una nación poderosa (eso es indiscutible), y que merece todo el respeto como lo merece cualquier otra nación del mundo; también es cierto que por décadas diversos y asquerosos gobernantes de México han atado irresponsablemente la economía mexicana a la estadounidense, al grado de existir una dependencia realmente preocupante, y por ello pareciera lógico suponer que si a Estados Unidos le va bien a México también le puede ir mejor. Sin embargo, eso no puede justificarse en la persona de alguien que se presume presidente de México (aunque haya llegado a la presidencia "haiga sido como haiga sido"); ya que si el señor está dándose cuenta que México depende de Estados Unidos, lo que menos le debe importar es lo que haga el señor Obama (él es Presidente de Estados Unidos y resulta lógico suponer que todas sus acciones de gobierno siempre serán a favor de esa nación), al menos respecto a lo "bien" que le pueda resultar a México, sino lo que debe hacer el señor es ponerse a trabajar (que para eso se le está pagando demasiado bien), estableciendo las medidas necesarias para que se cumplan los imperativos Constitucionales de bienestar social, y eso implica que el país no sea tan dependiente ni de esa ni de ninguna otra nación, fortaleciendo indudablemente el mercado interno para crear un país competitivo.

Si no se aplican medidas reales para fortalecer la economía nacional, entonces la nación siempre será el "patio trasero" de Estados Unidos donde esa nación puede hacer lo que quiera y el presidente mexicano sólo puede estar esperanzado en que las medidas económicas de Estados UNidos sean las más favorables.

Otro ejemplo de la mentalidad entreguista de muchos gobernantes, incluso de quien ocupa la presidencia actual ("haiga sido como haiga sido"), es el muro fronterizo... si bien puede ser motivo de crítica internacional, México no puede quedarse con los brazos cruzados esperando a que los gobernantes de Estados Unidos se decidan a sacar alguna disposición que permita la "apertura" de la frontera... NO, no pueden esperar a que eso suceda, lo que deben hacer es tomar medidas que permitan brindar oportunidades de trabajo en territorio nacional a millones de personas que ante la crisis ven a Estados Unidos como el paraiso a alcanzar, y cuando ya no hayan personas que los estadounidenses puedan contratar para hacer los trabajos que la población de ese país no quiere hacer, entonces veremos que ese país quitará una parte de la barda, pero, si México está bien fortalecido, ¿no sería fabuloso que la gente mexicana fuera a trabajar, pero, imponiendo condiciones... pero, mientras sigan ganando la presidencia "haiga sido como haiga sido", lo que nos esperan son gobiernos con mentalidad entreguista que sólo ven a Estados UNidos como la esperanza de que a México le pueda ir bien algún día... valiente consuelo!!!!.

Saludos,

Raymundo Royo

viernes, 9 de enero de 2009

LA CRISIS DEL PLAN ANTICRISIS

Desde hace varios meses (de hecho en los primeros meses del año pasado), el todavía Presidente de Estados Unidos, George W. Bush, anunció algunas medidas financieras tendientes a prepararse para una crisis que se estaba vislumbrando en ese país.

Una de las medidas que se habían programado fue la inyección de más inversión a efecto de aminorar el impacto que se podía causar en la economía en general.

Al ver esa situación, era de esperarse que el Gobierno de México, (refiriéndonos al caso nacional que nos interesa), tomara medidas que permitieran estimular el mercado interno, que es la mejor manera de protegerse de cualquier crisis que se de en el extranjero; sin embargo, no, no hicieron nada, y por el contrario, le siguieron poniendo la alfombra roja a las grandes corporaciones (también conocidas como "triple A") tanto nacionales como extranjeras, apretando más la economía de los grupos económicos inferiores (que se integran por empresas grandes, pero, que no alcanzan el tamaño de las transnacionales, las medianas, pequeñas y empresas micro, así como por personas físicas que desarrollan actividades con ingresos por honorarios, arrendamiento o sueldos principalmente, y que representan el grueso de la población económicamente activa que vive y subsiste dentro de la economía nacional y de las cuales se deriva principalmente la existencia de cientos de miles de familias en el país).

Al respecto, conviene recordar que desde la existencia del gobierno de la Madrid hasta el actual gobierno representado oficialmente por Calderón, se ha venido aplicando un sistema económico neoliberal, pero, ¿cómo funciona éste tipo de sistema?, ya que para entender las medidas que nos han puesto en la realidad nacional actual, es necesario entender la esencia de dicho sistema.

De una manera muy resumida, el sistema de neoliberalismo económico cuenta con tres grandes actores: Grandes corporaciones nacionales (algunas) y transnacionales (la gran mayoría de éstas) también conocidas como "Triple A"; el Estado representado por el sector Gobierno; y, el grueso de la población integrada por grupos económicos y personas dependientes de éstas. Este último sector comprende empresas constituidas como personas físicas o morales grandes, medianas, pequeñas y micronegocios, profesionistas por honorarios, arrendadores y asalariados principalmente.

El sistema neoliberal basa el desarrollo económico del país (y por ende de la población) en la riqueza generada y "distribuida" por parte de las Triple A, siendo el Sector Gobierno un administrador de recursos presupuestarios y una fuente de medidas legales tendientes a la sobrevivencia del grupo Triple A, de manera que los beneficios económicos del sector más desprotegido de la economía provienen a través de ayuda gubernamental; el resto de la población tiene su fuente de riqueza a través de la derrama que las Triple A hacen a los grupos económicos inferiores a través de "programas de desarrollo".

Si se observa con detenimiento, en la teoría pura el sistema neoliberal puede funcionar toda vez que el sector gobierno es un impulsor del desarrollo y un cuidador del equilibrio en las operaciones efectuadas; por otro lado, se supone que se evita el endeudamiento excesivo toda vez que el mercado se equilibra por las fuerzas de la oferta y la demanda. Sin embargo, en la práctica se puede observar un mínimo crecimiento de la economía, un mínimo poder adquisitivo de la población y un uso desmedido del presupuesto público (entre otros resultados), ¿por qué es eso?. Bueno, la respuesta es muy compleja, pero, también puede resumirse en lo siguiente: Para que exista una distribución de la riqueza hacia el mercado interno, se requiere que las Triple A desarrollen operaciones con el sector económico interno del país, pagando precios justos por los bienes y servicios que adquieran; sin embargo, éste tipo de corporaciones (principalmente las transnacionales) en su gran mayoría se establecen en el país con el objeto de disminuir los costos de producción o comercialización respecto de los costos de sus países de origen, adquiriendo principalmente materias primas y mano de obra a menor costo que el estandar internacional, ésto con el objeto de lograr un beneficio económico en sus operaciones (mayor utilidad).

Por otro lado, dado que las Triple A buscan principalmente el incremento en sus niveles de utilidad, algunos de sus procesos son automatizados, lo que trae como consecuencia que adquieran un mínimo de contrataciones de mano de obra (las Triple A abarcan en promedio el 30% del mercado laboral), a la cual le exigen una mayor especialización y preparación (razón por la cual muchas personas se ven en la necesidad de cursar diplomados, especializaciones, maestrías o doctorados para mantener sus posibilidades de trabajo); sin embargo, aunque el nivel de sueldos y prestaciones que pagan éste tipo de corporaciones resulta adecuado respecto de la media nacional, en la gran mayoría de casos resulta inferior al que pagarían o pagan a empleados del mismo nivel en sus países de origen (ejemplo: un Ingeniero en México puede estar percibiendo un buen sueldo respecto del promedio nacional, pero, que puede ser la mitad del ingreso que puede percibir el mismo tipo de Ingeniero en Estados Unidos).

Aunado a lo anterior, las empresas Grandes y medianas de origen nacional que pueden acceder a convertirse en proveedores de bienes y servicios de las Triple A, se ven obligadas a manejar precios dentro de un rango que establecen las mismas Triple A y dentro de una serie de especificaciones de calidad; si bien éste tipo de empresas grandes y medianas se ven favorecidas con pedidos u órdenes de trabajo que para ellos resultan de gran importancia y por eso hacen su esfuerzo por convertirse en proveedores de éste tipo de enormes negociaciones, lo cierto es que tal situación provoca que los niveles de utilidad que manejan les limiten en sus planes de crecimiento (quizás esto sea para evitar que en poco tiempo éste tipo de empresas se puedan convertir en competidores importantes del mercado Triple A). Sin embargo, al manejar niveles limitados de utilidad, lo cierto es que éste tipo de empresas grandes y medianas se vean en la necesidad de limitar a su vez el promedio de sueldos del personal que contratan, ya que en su gran mayoría no pueden automatizar sus procesos de producción, y por ello deben contratar mano de obra (en promedio los demás sectores distintos de las Triple A contienen dos terceras partes del mercado laboral) a la cual le pagan sueldos y prestaciones de menor nivel que el que pagan las Triple A y por consecuencia mucho menores al estandar internacional.

Como vemos, el mercado económico general abarca en promedio lasdos terceras partes del mercado laboral, que si bien tiene un ingreso promedio menor al percibido por quienes trabajan con las Triple A, al menos tienen más asegurados sus puestos de trabajo, ya que éste tipo de empresas no pueden sostener los costos laborales que representan las liquidaciones masivas (situación que sí sucede con las Triple A, las que se permiten programar despidos de personal cuando sus niveles de utilidad disminuyen). Además, la relación entre el personal de trabajo y la dirección de las Triple A es prácticamente autómata, no parece existir un sentimiento de cercanía humana, mientras que por sus características en los demás grupos empresariales menores sí existe una mayor relación humana con el personal y los directivos de las empresas.

En éste orden de ideas, puede observarse que la gran mayoría de las corporaciones Triple A tienen como principal cometido la obtyención de ganancias, por lo que en su gran mayoría tienen muy poco compromiso social; es decir, en la práctica a la gran mayoría les falta ETICA SOCIAL para que su presencia pueda ser funcional dentro del sistema neoliberal.

Por otro lado, en lugar de disminuir su tamaño a lo puramente necesario, en la práctica el sector gobierno tiene un mayor crecimiento y utilización del presupuesto público para su subsistencia, funcionarios con altos niveles de sueldo (superiores al promedio internacional en algunos niveles de dirección hacia jerarquías mayores); éstos niveles se mantienen a través de partidas presupuestales que se conocen como de "gasto corriente". El presupuesto restante se divide en programas de desarrollo que se van diluyendo en su aplicación y programas de infraestructura tendiente principalmente a favorecer las necesidades de las Triple A, y a tratar de paliar la creciente pérdida del poder adquisitivo a través de financiamientos públicos diseñados principalmente para el sector asalariado (tal como por ejemplo es el caso de INFONAVIT, FOVISSSTE o FONACOT). El problema es que las partidas presupuestales no se destinan a un verdadero apoyo a la población media, ya que existe un amplísimo sector empresarial y profesionista independiente medio y pequeño que no tienen apoyo gubernamental que les de acceso a apoyos financieros accesibles para la adquisición de vivienda y bienes muebles; éste importanmte sector económico de la población, dificilmente puede adquirir una vivienda digna o bienes muebles adecuados sin preocuparse por adquirir créditos privados con interéses caros.

Dicho sector gubernamental, establece las bases de organización a efecto de que le otorga a las Triple A beneficios económicos y financieros que les permite tener ventajas tales como estímulos fiscales (régimen de consolidación por ejemplo) y algunos estímulos financieros (tales como por ejemplo la exención fiscal de los beneficios obtenidos a través de empresas que cotizan en bolsa; por eso, muchas de sus utilidades, éste tipo de empresas las canalizan a el sector financiero que cotiza en bolsa y luego las recuperan con exención fiscal que posteriormente derivan a sectores de otros países que más les convienen para la inversión). Por ello, la principal fuente de financiamiento no petrolero del presupuesto, proviene de la carga fiscal de los sectores menores a través de la imposición de contribuciones cada vez más caras aplicables a personas físicas y morales que desarrollan actividades empresariales como grandes, medianos, pequeños y micro empresarios, así como ingresos de personas físicas derivados de honorarios, arrendamiento, sueldos y salarios y los provenientes de otras operaciones eventuales como por ejemplo la venta de un coche u otros ingresos análogos.

Ante el tamaño de la economía, las Triple A tienen la mayor participación, pero, la mayor carga fiscal proviene de los grupos económicos inferiores y de las actividades petroleras, que éstas últimas cada vez se van abriendo más a la participación por parte de las Triple A. Esto, trae como consecuencia que el ingreso presupuestal tenga una tendencia a provenir de los sectores inferiores de la economía, para lo cual el sector gobierno establece controles cada vez más exagerados y muy costosos para lograr una mayor fiscalización con objetivo de ser puramente recaudatoria, sin importar que ello le produzca una disminución mayor al poder adquisitivo de la población que depende principalmente del mercado interno.

Lo anterior, aunado a una tendencia de empobrecimiento general de los sectores económicos inferiores, ha dado como consecuencia que la posibilidad de vivir a la sombra del presupuesto público se convierta en una mayor ilusión por parte de diversos funcionarios, lo que en muchos de los casos lleva a muchas de éstas personas a establecer contubernios o incluso negociaciones revestidas de legalidad (aunque en algunos casos no de moralidad) con grupos principalmente empresariales de diversos sectores (algunas Triple A y algunos grupos económicos inferiores), lo que da como consecuencia otro de los factores que hacen que el sistema neoliberal no pueda funcionar adecuadamente: CORRUPCIÓN.

Finalmente, encontramos en el sector gobierno a "luminarias" que interesados por destacar o por justificar su presencia dentro de dicho sector, buscan la implementación de medidas o programas que si bien se diseñan y manejan dentro de un marco de legalidad, lo cierto es que en muchos casos resultan improductivos y sólo provocan mayores malestares para los gobernados (un ejemplo de ésto lo representan los programas de anticontaminación como la verificación vehicular o el "hoy no circula", que con el cuento de la prevención y el mantenimiento de la ecología, desarrollan programas que terminan siendo suculentos ingresos presupuestarios y alejados de los presuntos objetivos para los cuales fueron creados, ¿o qué no se supone que con tantos programas ecológicos ya debía de haber menos contaminación ambiental en la ciudad y área metropolitana, no es así?). Lo anterior muestra el otro punto de deficiencia del sistema neoliberal: la INEPTITUD gubernamental.

Como puede verse, al existir falta de ética social, corrupción e ineptitud gubernamental, el sistema neoliberal dificilmente podrá funcionar tal como se expone en la teoría de sus estudiosos radicados principalmente en las aulas de las grandes universidades estadounidenses.

Por consiguiente, si el sistema económico neoliberal no puede generar los niveles de crecimiento económico y de empleo bien remunerado que se necesitan para realmente enfrentar una crisis que se nos dice fue generada en otro país, entonces dificilmente las medidas de apoyo al combate de la crisis anunciadas por el señor Calderón hace unos días tendrán mayor impacto para el bien del país, máxime que tales medidas desafortunadamente van encaminadas a favorecer nuevamente a las Triple A y, nuevamente por desgracia, se desfavorece a los sectores económicos inferiores al no ser un verdadero apoyo al mercado interno. ¿Un ejemplo?... se anunció la inversión en infraestructura federal, tal como por ejemplo la construcción de carreteras, presas, etcétera, y se piensa que al llevar a cabo éste tipo de labores vendrá una contratación mayor de personal, suponiendo con ello que al haber más empleos se abate el índice de desempleo (parece lógico, pero, en términos de economía falta un ingrediente básico para que ésta medida sea realmente funcional), sin embargo se deja de lado un punto importante... ¿se pagarán a las personas que se contraten sueldos que permitan abatir la pérdida de poder adquisitivo que les produce la crisis económica en la que nos han metido?. La respuesta prácticamente puede adivinarse en automático: NO. Pero, ¿por qué no sería así?, simplemente porque para la realización de tales megaproyectos es de suponer que intervendrán grupos económicos Triple A, y eso hace que surja nuevamente el círculo vicioso: éstos grupos obtienen máximas ganancias y dificilmente pagan sueldos y prestaciones que se encuentren iguales o superiores a los estándares internacionales (falta de ética social).

¿Otro ejemplo?.... el señor Calderón anunció que se "congelan" los precios de las gasolinas, pero, ¿y los incrementos que se fueron dando desde hace mucho tiempo al precio de dichos combustibles?, esos también van a quedar congelados. El que se "congele" el precio de dicho combustible no representa un beneficio económico real para el promedio de la población, sólo le va a permitir mantener una buena ganancia a algunos sectores como el transportista, que seguramente no "congelará" sus precios, sino que circulará más y provocará mayores accidentes de los que ya diariamente provocan y causan y también causará mayores daños a las cintas asfálticas sin que en su gran mayoría tengan un peso de carga fiscal que permita revertir el daño presupuestal que causan a las calles y avenidas en que circulan (ineptitud gubernamental). Además, no puede olvidarse que en su gran mayoría el consumo de la gasolina que se utiliza en el país se importa de otros países, en algunos casos con una pésima calidad sin que exista un verdadero control por parte de los funcionarios encargados de ello (corrupción), y esas importaciones se deben pagar... ¿con qué se hará si el costo de producción que el país exportador determine de dicho combustible se incrementa por un efecto de crisis económica global?.

Podría decirse que es mejor que se hayan anunciado medidas anticrisis a que no se haya hecho nada, en eso estoy de acuerdo, pero, también considero que sería mejor si se establecieran medidas anticrisis que se tradujeran en una menor carga fiscal-administrativa para los sectores inferiores de la economía, un incremento sobre ganancias obtenidas por parte de los sectores integrantes de las Triple A, un mayor control de cambios a efecto de que cualquier Triple A (o cualquier grupo económico del tamaño que sea) que quisiera traspasar sus rendimientos de capital a otra economía pague una contribución por ello al Estado, se establecieran medidas de control sobre licitaciones públicas a efecto de que se establezcan bases de privilegio para sectores radicados y comprometidos con la economía nacional interna y un adelgazamiento en el costo presupuestario gubernamental a efecto de que se procure el abasto de bienes y servicios necesarios para privilegiar primero la economía interna.

Estados Unidos, así como otras economías, ya están aplicando las medidas que consideran necesarias a efecto de que SUS economías internas no sufran mayor daño (un ejemplo lo representa el anuncio que hizo el señor Obama, presidente electo de Estados Unidos, de hacer una revisión del Tratado de Libre Comercio a efecto de verificar las áreas de oportunidad que Estados Unidos podría aprovechar, lo que quizás se traduzca en la intención de hacer modificaciones a las reglas ya establecidas.... ¿mal?, para México quizás, pero, para Estados Unidos es lo que el pueblo de ese país puede esperar de sus gobernantes, eficiencia; por ello, podríamos preguntarnos, ¿por qué el señor Calderón no ha hecho lo mismo, pero, para ver las áreas de oportunidad que se pueden lograr por beneficio de México). Siempre existe una tendencia de parte de nuestros funcionarios de esperar a ver que hacen en otros países para ver cómo se puede beneficiar al país... esa es una absurda mentalidad de colonizado que debe quitarse, para ello es necesario que exista un sentir de amor por el país, un nacionalismo que reconozca la existencia de un mundo económico global, pero, luchando por los intereses principalmente de la nación... esperemos que algún día se instituyan los cambios que permitan lograr: ética social en los diversos sectores de la economía, aptitud para gobernar y nula corrupción en la actuación de los sectores gubernamental y privado.

Saludos,

Raymundo Royo